El Consejo Nacional Electoral tiene cinco días continuos para verificar la entrega de uno por ciento de las firmas recolectadas y recibidas la semana pasada para verificar su autenticidad, fase en la que no prela si hay días laborales o feriados, decretados o no y aunque no es un organismo para decidir si le gusta o no el revocatorio, debe cumplir con la Constitución.
La ex rectora principal del CNE, Sobella Mejías, documentos en mano explicó que cumplidos estos cinco días, se abre un nuevo lapso de cinco días más, para la revalidación de las manifestaciones de voluntad de quienes firmaron y se validen las rubricas en todos los estados del país de “quienes firmaron y por ende se convierten por iniciativa popular de carácter constitucional en los promotores de la evaluación de la gestión presidencial”.
La dirigente de Acción Democrática, ex rectora del organismo electoral, especificó que estos lapsos están contenidos en el artículo 10, numeral quinto de la vigente norma para Regular la Promoción y Solicitud de Referéndum Revocatorio de la Resolución Nº 070906-2770, aprobaba por el directorio del CNE el seis de septiembre de 2007, publicada en la Gaceta Electoral N° 405, el 18 de diciembre de ese mismo año.
“Además, en el artículo 31 de esa normativa se obliga al Consejo Nacional Electoral a establecer el cronograma para la promoción de esta solicitud”. Mejías destacó que la ley es clara y el reglamento, explícito. Después de la fase de validación de las firmas el CNE emite un informe respectivo, para proceder a activar la solicitud de referéndum revocatorio contra el mandato de Nicolás Maduro con 20 por ciento del Registro Electoral, tal como establece el artículo 72 de la constitución.
También explicó que de realizarse el revocatorio antes de enero, la presidencia de la República la ocuparía el presidente de la Asamblea Nacional Henry Ramos por un mes, mientras se convoca a una elección presidencial y quien resulte electo culminará el mandato hasta 2019, cuando se llamaría nuevamente a elecciones.
Sobre la comisión nombrada por el presidente Maduro, para que el PSUV valide las firmas, designando al alcalde de Caracas, Jorge Rodríguez para constatar este proceso, Mejías señaló que eso no implica que sea Rodríguez, como miembro principal. “Cada organización política tiene derecho a que se verifiquen las firmas pero quienes tienen y deben hacerlo son ser los técnicos y profesionales del Consejo Nacional Electoral”.
El Consejo Nacional Electoral está técnicamente preparado para disponer del cronograma electoral, con los instrumentos electorales estipulados en la Constitución. “Este tipo de eventos están contemplados, pero la disposición es política, no hay otra, para que el órgano electoral convoque sin dilación ni retrasos el revocatorio”, dijo.