La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró “írrita e inconstitucional” la Ley de Reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia que sancionó el mes pasado la Asamblea Nacional.
De esta manera, la “máxima interprete” de la Carta Magna se blindó a sí misma al truncar la iniciativa parlamentaria que buscaba poner coto a la utilización del Poder Judicial como instrumento político por parte del Ejecutivo nacional, según lo ha venido denunciando la AN.
En su sentencia conjunta emitida este jueves, los siete magistrados de la Sala Constitucional apelaron al artículo 204 de la Constitución, según el cual cada rama del Poder Público tiene la iniciativa, “exclusiva y excluyente”, para promover leyes que regulen su funcionamiento.
“La Ley sometida a control constitucional no cumplió el presupuesto de iniciativa legislativa que corresponde al Máximo Tribunal de la República, de manera exclusiva y excluyente, conforme lo establece el artículo 204.4 del Texto Fundamental, ni tampoco fue solicitada su intervención útil y obligatoria en el procedimiento de formación de ley, tal como lo exige el artículo 211”, señala la decisión.
Según esta interpretación, la Asamblea Nacional no podría legislar sino en materia parlamentaria.
Por otro lado, la Sala acusó al Parlamento de accionar contra el TSJ por motivos políticos.
“La pretensión de la Asamblea Nacional de incrementar la composición de la Sala Constitucional, más allá de su duplicación, persigue copar de nuevos integrantes esta instancia judicial para entorpecer la labor de la máxima instancia de protección de la Constitución, con fines claramente políticos, en detrimento de la autonomía e independencia del Poder Judicial», señala la sentencia.