A través del decreto número 193 del Ministerio de Salud, publicado en la Gaceta Oficial número 40.890 del 26 de abril de 2016, se declara la enfermedad de fiebre por virus Zika, como evento de notificación obligatoria por parte del personal de establecimientos médicos asistenciales públicos y privados.
El despacho de salud especifica «que el personal médico asistencial de los ambulatorios, hospitales, centros de salud, clínicas, y laboratorios públicos y privados, notificará diariamente por la vía más expedita al Distrito o Municipio Sanitario que le corresponda, los casos sospechosos y confirmados».
Asimismo el personal del distrito o municipio sanitario debe notificar diariamente a la Dirección Regional de Epidemiología sobre los reportes recibidos y esta instancia a su vez debe transferir la información a la Dirección General de Epidemiología del ministerio para la Salud.
«Las autoridades sanitarias están en el deber de ratificar por escrito a través de la ficha de investigación de fiebre por virus Zika la ocurrencia de casos (…) a fin de permitir el monitoreo y seguimiento en la vigilancia epidemiológica», detalla el decreto.
Finalmente Min. Salud exhorta a los gobernadores y alcaldes a promover actividades intersectoriales a fin de implementar y fortalecer la vigilancia epidemiológica en todo el país.