En los últimos días se ha hecho notoria la necesidad de atender con prontitud la reforma integral del sistema de justicia, asienta la Dra. Nancy Rodríguez de Rodríguez, profesional del Derecho con una dilatada trayectoria, que incluye haber sido coordinadora nacional de la comisión evaluadora de jueces de nuestro país.
En este sentido, le decimos, habría que comenzar por el Tribunal Supremo de Justicia ¿Cuál es su punto de vista al respecto?
-Es prioritaria la reforma de la Ley Orgánica que lo regula, en primer lugar porque la que está vigente fue aprobada en un período legislativo anterior con el propósito de incrementar el numero de magistrados de 20 a 32 y por esa vía lograr controlar políticamente al Poder Judicial, tanto en lo referido al contenido de las sentencias a dictar por las diferentes Salas, como en el ejercicio de su propio gobierno, comprendiendo en ello el nombramiento de todos los jueces sin concursos, el manejo de la Escuela de la Judicatura y la Defensa Pública bajo criterios ideologizantes.
.¿Qué hacer con la súper sala Constitucional?
– Debe también regularse la actuación de la Sala Constitucional frente a las otras Salas, ya que todas, según la Constitución tienen la misma jerarquía; sin embargo con el correr del tiempo se ha ido convirtiendo en una Supra Sala con todos los inconvenientes que ello ha traído. En este sentido tiene viabilidad incorporar en una Enmienda Constitucional la ampliación de la jurisdicción Constitucional mediante la creación del Tribunal Constitucional separado del TSJ, quedando en este solo las competencias de todas las materias de orden legal. De ser aprobada esta enmienda obviamente sería eliminada la Sala Constitucional y tendría que abrirse el procedimiento para el nombramiento de nuevos Magistrados conforme a la ley
-¿No son demasiados los magistrados para un país como el nuestro, tomando en cuenta que sólo son siete los jueces que tiene la Corte Suprema de los Estados Unidos?
– En relación al número de magistrados, estimo que lo más conveniente es hacer un análisis ponderado y exhaustivo, tomando en consideración los antecedentes venezolanos y el Derecho Comparado, liberado este punto del debate y fragor político, ya que ello no ayuda al rescate de la Majestad, autonomía e independencia del poder judicial. En principio me inclinaría por una reducción del número de ellos, con tres en cada Sala y no cinco como es ahora, manteniendo el número de 7 en el posible Tribunal Constitucional a crearse mediante la Enmienda
-¿Cómo se explica que en Venezuela la mayoría de los jueces sean provisorios y no haya una carrera judicial que permita contar con profesionales dedicados a la administración de justicia?
-La inestabilidad de los jueces, fiscales y defensores es otra falla del sistema, ya que ello afecta su autonomía y libertad para decidir conforme a sus conocimientos y propias convicciones, ante cualquier fundado temor. A ello se une también el déficit de jueces y fiscales Por cada 100.000 habitantes en Brasil por ejemplo tienen 9 jueces penales en Colombia 12 jueces y en Venezuela solo tenemos tres.
Asimismo puede asegurarse la excelencia de la judicatura y, por ende, la independencia y autonomía del Poder Judicial en la medida que se impongan exigentes criterios de selección mediante la celebración de concursos de oposición pública, transparentes, los cuales llevan más de diez años suspendidos.
-¿Qué hacer para lograr esa excelencia?
-En este sentido debe la Asamblea Nacional legislar para desarrollar lo establecido en la Constitución, la cual exige expresamente que el ingreso a la carrera judicial solo es posible a través de concursos públicos de oposición.
Paralelamente, es necesario, como lo exige la Constitución en el artículo 255, que se profesionalice la judicatura, es decir, que la labor de impartir justicia se erija en una profesión que debe ser estudiada, labor en la cual deben las universidades jugar un papel fundamental mediante el establecimiento y organización en los estudios universitarios de derecho de la especialización judicial correspondiente.
-Ante la designación de jueces por militancia política, ¿no cree usted que se ha perdido la seriedad y la responsabilidad en la administración de justicia?
-Debemos crear en todos, desde los estudiantes que muestran su afán por aprender la ciencia del Derecho hasta los juristas más sapientes, la conciencia colectiva de que el abogado es un servidor público del ciudadano que vela porque cada quien tenga derecho a lo que legal y legítimamente le corresponde.
Los abogados son así instrumentos garantes de la democracia, pues sólo en la medida que se asegure la correcta aplicación de la Ley con criterio de justicia podremos presumir de vivir en un Estado de Derecho democrático.
-Tras todo esto que ha venido ocurriendo, ¿será posible que haya de verdad un Poder judicial autónomo?
-Sólo en la medida que el Poder Judicial actúe con total independencia, desvinculado del peso influyente del resto de los poderes públicos, podrá garantizar una gobernabilidad democrática y un Estado de Derecho estable. Y sólo en esa medida podrá ganarse verdaderamente la confianza de una sociedad que hoy parece haber perdido la fe en sus órganos de justicia y cuestiona su actuación.
-¿Podrá esta Asamblea Nacional remendar el capote después que la anterior cámara nombrara unos magistrados sin que estos tuvieran méritos para sus designaciones?
-Lo que actualmente está planteado en la Asamblea Nacional no es la remoción o destitución de Magistrados como erradamente lo señala el Poder Ciudadano. No hay duda, porque así lo estable la legislación, que este Poder es el que tiene la facultad para calificar las eventuales faltas cometidas por los Magistrados y que tal calificación le servirá de fundamento para que posteriormente la Asamblea Nacional tome la decisión de destituirlo.
De lo que se trata actualmente es una “revocatoria” de la decisión que nombró a los 13 Magistrados y sus suplentes en diciembre pasado, por incumplimiento del procedimiento constitucional y legal para nombrarlos y/o por falta de los requisitos que individualmente deben cumplir cada Magistrado para optar al cargo.
La confusión viene dada porque la consecuencia de cualquiera de las 2 opciones; es decir, destitución o revocatoria del nombramiento, es que los Magistrados quedan fuera del cargo; sin embargo, para la revocatoria no es necesaria la calificación previa del Poder Moral. Sobre ello ha habido antecedentes. De la destitución ocurrió en el caso de los Magistrados Velázquez Alvaray y Aponte Aponte, en los cuales hubo la calificación de la falta por el Poder Moral y posterior destitución por la Asamblea Nacional. La revocatoria del nombramiento, que es lo que se debate ahora, ocurrió en el caso de Franklin Arriechi, quien era Magistrado y la Asamblea Nacional de entonces con mayoría oficialista dejo sin efecto su nombramiento, sin oír al Poder Ciudadano, porque según los Diputados Arriechi no cumplía con los requisitos formales para estar en ese cargo.
-¿Cómo entender que el Tribunal Supremo de Justicia, en lugar de buscar el equilibrio entre el Legislativo y el Ejecutivo, haya echado más leña al fuego?
-La situación se ha agravado por tres decisiones tomadas por el TSJ como fue la medida cautelar, suspendiendo a los diputados de Amazonas, tomada en vacaciones judiciales; la sentencia declarando la vigencia del Decreto de Emergencia Económica sin que ninguno de los Magistrados fuese ponente de la misma, y la más reciente mediante la cual limita la facultad contralora de la Asamblea Nacional, no explicándose porque una decisión tan importante no fue firmada por los 7 Magistrados, y sorprende que no hubo votos en contra, ni voto salvad o, como es lo menos que debe hacer cualquier Juez en asuntos de tanta envergadura.
El Tribunal Supremo de Justicia no ha entendido la importancia de su misión y ante la situación institucional, política, económica y social que vive Venezuela ha debido buscar el justo equilibrio entre los intereses encontrados, con el fin de garantizar la gobernabilidad democrática. De hecho, Bolívar, tan citado por nuestros gobernantes consideraba a “La Justicia como la Reina de la virtudes Republicanas”
-¿Cree que es aplicable la Carta Democrática a Venezuela?
-Todo ello justifica con creces la solicitud ante el Consejo Permanente de la OEA para que se active la Carta Democrática, aun sin autorización del Ejecutivo Nacional, debido a lo grave y delicado del problema.