Mediante el Decreto Presidencial N°. 2.185 publicado en la Gaceta Oficial N°. 40.829, el Ejecutivo ordenó el traspaso al Fondo Nacional de Desarrollo (Fonden) de todos los saldos líquidos y no líquidos de recursos no ejecutados al cierre del ejercicio económico financiero 2015 de la Administración Pública.
De acuerdo con la disposición, en su artículo primero, se estable que todos esos recursos excedentarios que quedaron del presupuesto 2015, serán para atender las necesidades sociales, económicas, productivas y de proyectos de infraestructura y servicios de la población venezolana enmarcados en el Plan de la Patria.
El objetio es garantizar la continuidad de las misiones y grandes misiones sociales, el financiamiento para la recuperación del aparato productivo, el abastecimiento de alimentos y demás productos esenciales para el bienestar colectivo, así como los demás requerimientos para la defensa del pueblo.
Se responsabiliza al Fonden de la ejecución de los recursos, previa instrucción del Presidente, sin perjuicio de que éste pueda ordenar destinarlos a proyectos u otros fines de interés nacional.
Asimismo, la disposición establece que los ministros deberán presentar a la Vicepresidencia Sectorial de Planificación, en un plazo no mayor a cinco días a partir de la publicación del decreto, los programas y proyectos que sean prioritarios para atender la Emergencia Económica y que puedan financiarse con las economías presupuestarias. Contempla el decreto, que los vicepresidentes sectoriales, los ministros serán los encargados de la ejecución y cumplimiento de esta primera acción para enfrentar la emergencia.