Aportar más progresividad y equidad al sistema tributario está dirigida la reforma del Impuesto Sobre la Renta, publicada en la Gaceta Extraordinaria 6210, de acuerdo con lo establecido en el Decreto que oficializa la reforma de esta normativa.
De acuerdo con la disposición, la reforma está dirigida para que paguen más impuestos aquellas personas jurídicas que obtengan mayores ingresos.
Elimina el ajuste por inflación para personas jurídicas, por considerar que este mecanismo representa un instrumento para evadir el pago de impuestos.
Establece un impuesto proporcional de 40% a los enriquecimientos netos provenientes de actividades bancarias, financieras, de seguros o reaseguros, obtenidas por personas jurídicas en el país.
Determina que las compañías anónimas, sociedades o corporaciones extranjeras pagarán un impuesto por todos sus enriquecimientos netos hasta dos mil unidades tributarias (UT), equivalente a 300 mil bolívares, de un 15%; para quienes ganan hasta 3000 UT (Bs 450.000) un 22% y para la fracción que exceda 3000 UT 34%, es decir aquellas empresas que obtengan mayores ingresos deberán pagar más impuestos.
Indica que las retenciones del Impuesto sobre la Renta se realizará con el pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero, explicando que «se entenderá por abono en cuenta las cantidades que los deudores o pagadores acrediten en su contabilidad o registros».
La reforma del ISLR elimina los artículos 56 y 57 donde se establecían rebajas en el pago de impuestos por inversiones o algunas actividades económicas, como la explotación de hidrocarburos y conexas así como actividades industriales y agroindustriales, construcción, electricidad, telecomunicaciones, ciencia y tecnología, destaca la información publicada en la red oficial de noticias.