Analizan impacto del decreto Avivir en el casco histórico

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La Red de Instituciones Larenses, la cual tiene entre sus objetivos canalizar soluciones a los temas de mayor importancia para el colectivo, determinó remitir un documento que será enviado al general Manuel Quevedo, ministro de Vivienda y Hábitat, por el impacto negativo que podría tener el decreto para la creación de zonas Avivir en el casco histórico de Barquisimeto.

Para ello una comisión fue designada, explicó el vocero Raúl Azparren, ya que la mayoría (8 de las 10 zonas decretadas para viviendas en Lara) están en el casco histórico y les preocupa cómo pueda afectar la conservación del patrimonio en el tiempo.

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Por otro lado, y aún más preocupante les resulta que la ejecución de conjuntos habitacionales, sin la ejecución de las obras de adecuación de Servicios Públicos domiciliarios, incumple las normas urbanísticas de orden público y el estándar mínimo requerido para preservar la calidad de vida de los habitantes.

“Tenemos serias deficiencias de los servicios públicos, es el caso del agua, el sistema de aguas servidas a punto de colapsar. Preguntamos en el documento ¿Esto ha sido previsto? Pedimos que nos informen sobre esto y otros puntos importantes”.

Plantea Azparren que en Barquisimeto hay proyectos habitacionales inconclusos. “Y nos preguntamos por qué no se culminan esos antes de iniciar otros”.

“Solicitamos en este escrito conocer lo siguiente: ¿Está previsto crear nuevos espacios para estacionamientos? Porque muchos de estos terrenos decretados para vivir son estacionamientos, los cuales son un servicio público y los que hay no satisfacen la demanda”, expresó Azparren.

Estiman el próximo viernes consignar el documento ante las oficinas del Ministerio en el estado Lara.

Manejo del concepto de expropiación

El abogado Julio Pérez Graterol ahondó en el decreto de la ocupación previa y expropiación.

Señala que el procedimiento de expropiación para las zonas A vivir tiene dos puntos de vista: uno con relación al procedimiento y otro con relación al precio de indemnización.

De hecho, el procedimiento de la Ley del 2011 que regula la emergencia de viviendas es más expedito (o más rápido que la Ley de expropiación del año 2001) lo cual permite la ocupación sin necesidad de orden judicial y sin que los propietarios puedan paralizar la ejecución del proceso de expropiación u oponerse a ello.

Por otra parte, con relación al denominado justiprecio o indemnización que se le da al propietario, la Ley establece que se determinará sobre la base de las últimas compras verificadas en el registro inmobiliario, explicó.

Es decir, se toma como referencia el valor que tenía el inmueble al momento de ser adquirido por el propietario, utilizando como base la cantidad indicada en el documento de compra, ajustándolo sobre la base del Índice Nacional de Precio al Consumidor (INPC) y el promedio entre las tasas activas y pasivas de los principales bancos.

“Significa que el justiprecio en nada se corresponde con el precio real de los mismos. Esto agiliza los trámites por parte del gobierno nacional pero el propietario resulta afectado en su patrimonio”, explicó el asesor legal.

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