Cuando se aprobó la Ley de Costos y Precios Justos, julio 2011, economistas de las más variadas corrientes soltaron la carcajada, pensaron que una engañifa más de los medios para desacreditar al gobierno, incrédulos ante el despropósito de regular “lo que no existe”. Lejos estaban de suponer una coartada ideológica de alta potencia.
Heinz Dieterich, precursor del Socialismo del Siglo XXI, acusa que la idea del precio justo en las relaciones mercantiles ha sido debatida en todas las culturas y en todos los tiempos, desde el advenimiento de la crematística (economía usurera) hace 5.000 años. Ninguno de los debates ha resuelto el problema, por la sencilla razón de que no hay iustumprecium en economías mercantiles, es decir, el concepto no tiene un correlato empírico en la realidad; es una proyección fantasmagórica.
En la alta Edad Media, los doctores de la Escolástica debatieron hasta el agotar el tema. Antagonizaron dos grandes compilaciones: una seguía las fuentes del derecho romano (Código de Teodosio (434) y Código de Justiniano (530)), “el precio justo es aquel al que llegan libremente el comprador y el vendedor”. La otra, elaborada en el siglo XIII, surgida del derecho canónico, enfrenta la anterior línea argumental, en la que prima la libertad de las partes, al considerar que “el precio justo es el fijado por la autoridad, es decir el precio oficial”. Con arreglo a este criterio se establece que todo beneficio obtenido por encima del precio legal es catalogada como turpelucrum (ganancia vergonzosa) y, por tanto, condenada moralmente.
La disparidad de criterios desaparece de escena en el s. XVI, se adopta la tesis esgrimida por Santo Tomás de Aquino: “El precio justo es el precio de mercado”. Se concilian no sólo los preceptos morales y la práctica social del mercado, sino que abiertamente se coloca a favor de la negociación,del convenio o contrato entre las partes. En aporte invaluable para la ciencia económica, pilar todavía en pie, Aquinate, uno de los últimos escolásticos, dirá: “El juego de la oferta y la demanda fija los precios y determina su evolución, pues un aumento de la oferta hace que los precios bajen y un incremento de la demanda provoca que suban”.
Venezuela resucita la vetusta doctrina medieval, con la novedad de que el Estado Interventor es juez y parte interesada simultáneamente, bien como productor, regulador o empresario. Una fórmula recursiva de la impresión que tal fantasía puede ser cuantificable. El precio justo resulta de sumar una ganancia (justa) del 30% al costo de producción, también justo. Más allá de la discrepancia de costos entre distintos productores (que daría lugar a diferentes precios justos para un mismo producto), o distintos precios con similar costo (caso del dólar), cabe preguntar: ¿Por qué 30% es justa y 23% no?, por ejemplo. La respuesta pertenece al reino del misterio, de la arbitrariedad, o del atropello.
No son compradores y vendedores quienes acuerdan un precio justo, la autoridad política impone su voluntad. La autorización del funcionario hace justo un salario, un precio o una ganancia. En el ámbito de la administración pública, según se desprende del sofisma, el salario estipulado en el tabulador es siempre justo. No hay motivos para la queja, un reclamo se convierte en sabotaje.
Como todas las ilusiones, la realidad se encargará, tarde o temprano, de enterrar los fetichismos monetarios.Pero mientras se fragua ese proceso de “darse cuenta”, el sistema de creencias, falsificaciones y valores difundidos profusamente por la propaganda oficial en torno al papel del empresario y la iniciativa privada debe ser refutado. A la noción de justo precio, descartada desde el ámbito científico, debe prestarse debida atención por su alto poder destructivo. El nefasto resultado de “convertir a Miraflores en el Vaticano de la ciencia económica, canonizando lo que no existe y prometiendo al pueblo un milagro antiinflacionario que sólo existe en sus fantasmagorías”, está a la vista. Resultado que la ideología del precio justo y pretende endosar al sector privado.
La resurrección de la doctrina medieval justifica por adelantado eventuales expropiaciones.
Empezó por el Instituto en Defensa del Consumidor (Indecu), que luego devino en Indepabis, siglas de Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios. Suprimido en 2013 al crearse la Superinten-dencia Nacional para la Defensa de los Derechos Económicos (Sundde). ¿Defender de quién? De productores, empresarios y comerciantes, muérganos todos. La estratagema del precio justo es el penúltimo eslabón de la cadena que prepara a la gente para la cartilla de racionamiento, final de trayecto en la cual ya no viene al caso si es justo o no, importa despojar a los ciudadanos de su libertad de elegir y traspasar sus propiedades al Estado.
La maleabilidad del precio justo se percibe. En 2001, el presidente Chávez: “El precio justo del barril, debe oscilar entre 21-28 dólares”. En 2011: “Nosotros, humildemente, creemos que para el barril, 100-120 dólares, sea un precio justo”, última estimación pública, año en que la cesta local marcó un precio récord de 101 dólares por barril (dpb) y un costo de 11,6 US%, con lo que la ganancia “justa ascendía a 900%. Sin comentarios.