Para el abogado Manuel Virgüez, la sentencia llevada a cabo contra el líder de Voluntad Popular, Leopoldo López, constituyó una afrenta a una serie de derechos civiles y políticos contemplados en la Constitución de Venezuela.
También dijo que la decisión tomada por la jueza Susana Barreiro, viola las garantías de protección especial de los derechos humanos.
Manifestó que a López se le violó el goce del artículo 49 de la Constitución, referido a que toda persona legítimamente detenida por cualquier cuerpo de seguridad se le debe respetar el sometimiento al debido proceso, enmarcado en todas las actuaciones judiciales y administrativas.
En este sentido, indicó que en transgresión a dicha norma se le negó la “posibilidad de promover testigos y pruebas que demostraran su inocencia”.
También se refirió a que el Gobierno le criminalizó al exalcalde de Chacao el derecho a la libertad de asociación, sin importarle que esa garantía en la Carta Magna ampara a todo venezolano por igual, al determinar que: «Toda persona tiene derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad con la ley».Dos derechos más se le vulneraron a López, puntualizó Virgüez, el de protestar, cuando la ejerció pacíficamente el 12 de febrero de 2014, conforme al artículo 68 constitucional.La otra garantía irrespetada y criminalizada por parte del Gobierno hacia López fue la libertad de expresión.