Exonerar del pago del Impuesto al Valor Agregado, las importaciones definitivas de los bienes corporales, realizados por los Órganos o Entes de la Administración Pública Nacional, destinados exclusivamente a la ejecución del Proyecto “Construcción, Rehabilitación y Mantenimiento de Autopistas, Troncales, Puentes y Túneles a Escala Nacional, decretó el Ejecutivo.
En efecto, así lo establece el Decreto Presidencial N°. 1.953, publicado en la Gaceta Oficial N°. 40.731 de fecha 25 de agosto, que circuló este miércoles en todo el territorio nacional.
A los fines del disfrute de esta exoneración, los beneficiarios al momento de registrar su declaración, deberán presentar ante la respectiva oficina aduanera los requisitos de ley.