El abogado constitucionalista, Joel Rodríguez, asegura que las inhabilitaciones políticas no las puede realizar el Contralor de la República, sino que como específica el artículo 45 de la constitución, solo se puede hacer por una sentencia firme de un tribunal del poder judicial.
Rodríguez recuerda que un derecho político es un derecho humano, y que en este caso no solo se viola el derecho que tienen los candidatos inhabilitados para poder ser elegidos a cargos de elección, también están imposibilitados para ejercer el derecho a la defensa.
Sobre la posición que ha tomado el CNE en este caso, el abogado opina que, “el CNE no puede ratificar nada, tienen que esperar la respuesta de un tribunal”. Joel Rodríguez fue entrevistado en el programa En Este País, transmitido por Unión Radio.