¿Paridad de género o inequidad electoral?

-

- Publicidad -

Desde 1945, cuando el Estatuto Electoral que regiría en las elecciones constituyentes de octubre de ese año consagró el voto directo, secreto y universal, se inicio un largo camino para lograr el pleno ejercicio de la ciudadanía por parte de la mujer.

La paridad de género busca garantizar la participación equilibrada de hombres y mujeres en los procesos de toma de decisiones, y es una estrategia que ha sido incorporada con frecuencia en numerosos países de América Latina.

- Publicidad -

Durante los años ‘90 del siglo pasado se implementaron sistemas de cuotas en países como Chile, México y Perú para promover las postulaciones femeninas. En nuestro país, la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política de 1997 estableció el sistema de cuotas, según el cual el 30% de las candidaturas a los cuerpos deliberantes debían ser mujeres.

Lamentablemente, esta disposición se eliminó en las sucesivas reformas realizadas a la ley, lo cua produjo la disminución progresiva de las postulaciones y en consecuencias de la cantidad de mujeres en cargos de elección popular.

Por ejemplo, la Asamblea Nacional actual está compuesta por apenas el 16% de las mujeres, y para el 2006, constituían apenas el 18% de las concejalas.

Posteriormente, para las elecciones regionales de 2008 el Consejo Nacional Electoral realizó un exhorto a los partidos políticos para la composición paritaria (50%) en la inclusión de postulaciones femeninas a los Consejos Legislativos.

Sin embargo, esto era meramente un exhorto y por tanto no era obligatorio para las organizaciones políticas. En este contexto, el pasado 25 de junio el Consejo Nacional Electoral, emitió una resolución sobre paridad y alternabilidad de género, en la que se establece que las postulaciones deben ser paritarias y alternas, es decir, deben ser 50% por sexo y en el caso de que no sea posible, en un porcentaje de 60/40. A pesar de que pocos podrían estar en desacuerdo con que se promueva la participación femenina, sus efectos trascienden de este objetivo.

El sólo hecho de que la resolución se divulgó el 25 de junio, cuando faltan menos de 6 meses para las elecciones (la Constitución Nacional prohíbe el cambio de las leyes electorales 6 meses antes de las elecciones), hace que sea extemporánea y difícil de cumplir para los actores políticos, en tanto que la alianza unitaria de partidos denominada Mesa de la Unidad Democrática y el Partido Socialista Unido de Venezuela prácticamente tenían definidas sus candidaturas, e incluso las elecciones primarias de la MUD ya se habían llevado a cabo, sin que el órgano electoral mencionara nada sobre el cambio de normas. Es evidente entonces que el ente comicial está alterando las normas previamente establecidas, al obligar a los partidos políticos a modificar sus postulaciones en un lapso perentorio. Además, independientemente de las legislaciones particulares de cada país, los expertos coinciden en la inconveniencia del cambio de leyes electorales en momentos previos a las elecciones, porque el fantasma de ventajismo y la manipulación siempre estarán presentes, incluso cuando las reformas se realicen con la mejor de las intenciones.

Consideramos que esta resolución modifica sustancialmente el escenario electoral porque introduce un elemento de perturbación al proceso de postulaciones que se iniciará en breve, y en esto coincidimos con el Observatorio Electoral Venezolano que considera que es una decisión tomada a destiempo y de manera apresurada. Reglamentaciones de este tipo deben realizarse en el marco de un proceso deliberativo en el que participen otros poderes públicos, los partidos políticos y la academia entre otros. Lamentablemente hasta donde sabemos este debate no se dio. Por mandato constitucional, el CNE está llamado a ser árbitro imparcial de los procesos electorales, y esto va más allá de la simple organización de una elección. Ser árbitro implica honestidad, transparencia, imparcialidad y respeto a la ley. La estrategia de paridad de género es necesaria en nuestro sistema electoral, porque hasta el momento la política continua siendo un territorio dominado por los hombres, y esto resulta paradójico porque nuestra sociedad es marcadamente matriarcal. No obstante, modificar las reglas de juego cuando falta tan poco para la elección legislativa agita innecesariamente las aguas ya tormentosas de un proceso electoral que luce bastante complejo para la gobernabilidad democrática.

Pulsa aquí para apoyar la libertad de expresión en Venezuela. Tu donación servirá para fortalecer nuestra plataforma digital desde la redacción del Decano de la Prensa Nacional, y así permitir que sigamos adelante comprometidos con la información veraz, como ha sido nuestra bandera desde 1904.

¡Contamos contigo!

Apóyanos aquí

- Publicidad -

Más leido hoy

- Publicidad -

Debes leer

SINNER

Sinner vence a Fritz y se corona en Finales ATP #17Nov

Sinner ganó sus primeros dos títulos de Grand Slam en el Abierto de Australia y el Abierto de Estados Unidos en 2024,
- Publicidad -
- Publicidad -