Delegar en la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda, las competencias para la tramitación de procedimientos conciliatorios, previos al ejercicio de cualquier acción judicial que pudiera conllevar una decisión que implique la pérdida o tenencia de una vivienda principal, acordó el Ministerio de Habitat y Vivienda, a través de la resolución N° 142 publicada en la Gaceta N°. 40.694.
La Superintendencia, en el ejercicio de la delegación otorgada, tendrá las siguientes atribuciones:
.- La sustanciación y decisión de los procedimientos conciliatorios previstos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.
.- La firma de los actos administrativos, tanto de trámite como definitivos, que se dicten en el marco de los procedimientos conciliatorios previstos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.
De acuerdo con la disposición, se faculta a José Rafael Jiménez Villasana, en su condición de Superintendente Nacional de Arrendamiento de Vivienda, la ejecución y cumplimiento de dichos procedimientos.