Las personas que no cancelaron este lunes 11 la cuota parte correspondiente a la tercera porción del ISLR, deberán cancelar una multa proporcional con el monto adeudado, sanción que puede oscilar entre 50 y 150 unidades tributarias, según el Código Orgánico Tributario.
En efecto, este lunes venció el lapso para cancelar el pago de la tercera porción del Impuesto sobre la Renta (ISLR) recuerda el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).
Para cancelar este tributo la Ley permite únicamente a las personas naturales la facilidad de fraccionar el pago en tres porciones.