Palabras o acciones callejeras de tenor sexual que agredan, humillen, perturben u ofendan la dignidad de las mujeres deben ser penalizadas, según tres proyectos legislativos impulsados en Argentina.
Una de las iniciativas está presentada en el Congreso Nacional y las otras dos en la Legislatura de Buenos Aires, para castigar el acoso con multas de 100 a 7.000 pesos (de 11 a 780 dólares) e incluso arresto.
El texto de estas iniciativas legislativas incluye desde actos de acoso a «miradas lascivas, silbidos, jadeos, besos» o hacer sonar la corneta de los vehículos.
Organizaciones de defensa de los derechos de la mujer destacaron la importancia de la reciente decisión del Congreso de Perú de aprobar una ley que sanciona con hasta 12 años de cárcel el acoso callejero.
«Los números del acoso demuestran que la población más vulnerable son las niñas y adolescentes menores de 15 años», dijo Verónica Lemi, directora de Acción Respeto, en su cuenta de Facebook.
Lemi estuvo al frente de una campaña en todo el país con afiches bajo el lema «Si te incomoda leerlo, imagínate escucharlo», en la cual se reproducían frases que lejos están de ser piropos románticos y respetuosos.