A través de la Gaceta Oficial N° 40.647 publicada este lunes con fecha del 24 de abril de 2015, el Ministerio para la Salud publicó las normas para regular el Proceso para la Legalización y Vigilancia del Libre Ejercicio de los Profesionales de la salud, a través del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria.
La Resolución N° 140 señala que la norma tiene como base constituir los procedimientos y métodos que van a regular la inscripción, registro, aprobación y certificación de los Títulos para la Legalización y Vigilancia del Libre Ejercicio de los Profesionales de la Salud; así como la actualización del Sistema de Registro de acuerdo a la Normativa Sanitaria vigente, mediante la supervisión, vigilancia, control y regulación de los mismos.
El encargado de los procesos de Inscripción, control, regulación y certificación de Títulos de los Profesionales y Técnicos Superiores Universitarios, Técnicos Medios y Postgrados de la Salud, será el Servicio Autónomo de Controlaría Sanitaria.
Los profesionales de la salud deben inscribirse en el Sistema de información Automatizado para la Legalización y Vigilancia del Libre Ejercicio de los Profesionales de la Salud, siguiendo las instrucciones del mismo y realizar el tipo de solicitud que corresponda a cada caso.