Establecer y regular las tarifas de servicios portuarios proporcionados en los puertos públicos administrados por el Estado, acordó el Ministerio para el Transporte Acuático y Aéreo, a través de la Resolución N° 009, publicada en la Gaceta Oficial N° 40.618 de fecha 11 de marzo.
De acuerdo con la disposición, las tarifas portuarias serán aplicadas en los puertos de Puerto Cabello, de La Guaira, de Maracaibo, de Guanta y Puerto Internacional de El Guamache, todos dependientes de la Bolivariana de Puertos (Bolipuertos), S.A., así como en todos aquellos otros puertos públicos de uso comercial que a futuro fueren revertidas al Poder Público Nacional sobre los siguientes servicios portuarios:
-Servicios a la carga
-Servicios al buque
-Otros servicios
Las tarifas portuarias serán pagadas antes de que las personas naturales o jurídicas usuarias de los servicios portuarios procedan a retirar definitivamente la carga ubicada dentro del recinto portuario, con excepción de aquellos créditos que sean concedidos por la autoridad facultada para ello, y las mismas serán expresadas y pagada en moneda nacional (Bolívares), de acuerdo al monto de la Unidad Tributaria vigente.
Los detalles de las tarifas para los diferentes servicios, están contenidas en la mencionada Gaceta Oficial, entrando en vigencia de inmediato.