El Banco Central de Venezuela fijó en 10,48% la tasa de interés activa máxima preferencial que deberán aplicar las instituciones financieras, regidas por la Ley de Instituciones del Sector Bancario, a las operaciones crediticias del sector turismo para el mes de diciembre de 2014.
Asimismo, la tasa de interés activa preferencial aplicadas al sector turismo, bajo los supuestos del articulo 40 del Decreto Ley de Inversiones Turísticas y del Crédito del Sector Turismo, que regirá para el mes de diciembre, será la tasa de 10,48%, reducida en 3 puntos porcentuales, es decir 7,48%.
Asimismo, el instituto emisor fijó para las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo, según los supuestos en los artículos 128,130,142 literal f y 143 de la LOTTT durante el mes de noviembre, una tasa de 19,27% y una tasa promedio de 16,96% entre la activa y la pasiva en el mismo período, según el tercer aparte del artículo 143 de la LOTTT.
Para las tarjetas de créditos, se fija para el mes de diciembre de 2014, una tasa activa máxima anual de 29% y una tasa activa mínima de 17%.