Blanca Rosa Mármol y Jesús Ollarves: PSUV pretende secuestrar a los poderes públicos

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La plenaria para elegir a 14 magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, tres rectores del Consejo Nacional Electoral y a las titulares de las instituciones del Poder Moral que había sido convocada para este sábado, fue pospuesta para el próximo lunes 22.

Así se hizo saber a la opinión pública a través de un tuit de la cuenta oficial @ANPRENSA, sin que se ofreciera mayor explicación al respecto.

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El diferimiento no cambia, no obstante, la forma en que se llevará a cabo esta discusión, que de acuerdo con declaraciones emitidas el viernes por el presidente de la AN, Diosdado Cabello, concluirá con la designación por parte del partido de gobierno de, al menos, las autoridades del Poder Judicial y Ciudadano. A juzgar por las palabras del vicepresidente del PSUV, será el TSJ el que decida quién regirá el Poder Electoral para los próximos 7 años.

«Nos corresponde elegir al fiscal, contralor y defensor. Quien tenga dudas, lea el 279 de la Constitución», dijo Cabello en relación con la decisión de apelar a la mayoría simple para designar a las integrantes del Poder Ciudadano. Se basó en la premisa de que, como el Consejo Moral Republicano falló en su misión de nombrar a una terna, entonces eso desaplica la primera parte del mandato contenido en el citado texto constitucional, que establece que la votación será con mayoría calificada o, en caso de no lograrse un consenso, el asunto irá a consulta popular.

Sobre la elección de magistrados también con mayoría simple, el oficialismo apeló al artículo 38 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que indica que si en tres sesiones de plenaria no se alcanza un consenso entre dos tercios de los diputados, en una cuarta ronda elegirá la mayoría simple.

En cuanto a la designación de los rectores del CNE, también esperan la falta de acuerdo con la oposición en una única votación, para declarar omisión legislativa y pedir al TSJ (la próxima semana) que resuelva la cuestión.
«Eso está claro, si no hay acuerdo eso va inmediatamente al TSJ», afirmó Cabello el viernes.

Golpe a la Constitución

Para los juristas de reconocida trayectoria, exmagistrada Blanca Rosa Mármol y el profesor de Derecho Jesús Ollarves, la interpretación de la Carta Magna por parte de la directiva de la AN es arbitraria y viola el espíritu del texto fundamental.

El resultado, señalaron, será la oficialización del secuestro de los poderes públicos por parte del partido de Gobierno, lo que se prevé dada la confesa politización del Poder Judicial.

«La Constitución no es solamente lo que está escrito sino que tiene un espíritu expresado en su exposición de motivos, donde están plasmados los principios del sistema democrático. Al hacer esas interpretaciones se desnaturaliza el contenido de la Constitución, y es lo que ha venido haciendo constantemente la Sala Constitucional», explicó la integrante jubilada de la Sala de Casación Penal del TSJ, cuya vacante se busca llenar en este proceso.

«Es la crónica de una muerte anunciada, porque no podíamos esperar otra cosa de este régimen, que lo que busca es el poder absoluto del Tribunal Supremo de Justicia, la Fiscalía General de la República, la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República», advirtió.

Para Mármol de León, la supresión, en la práctica, de la línea que diferencia los conceptos de Estado y Gobierno se expresa en la declinación por parte de las instituciones a ejercer su mandato en función del poder constituyente (la ciudadanía) para colocarse en la acera del poder constituido (el gobierno).

«Es tanto así que la defensora del Pueblo no tiene la menor idea de cuál es su función, que es la defender a los ciudadanos de los abusos de la administración», señaló.

En opinión de la jurista, escenarios como el de la AN ocurren porque en Venezuela la Constitución ha devenido en «letra muerta», al ser sustituida por la voluntad de los miembros de la Sala Constitucional.

«En lugar de Constitución tenemos Sala Constitucional, que es la que establece lo que al régimen le conviene», advirtió.
«El resultado no es más que la ausencia de democracia, nuestro drama (…) Yo creo que esa es una perspectiva muy oscura para nosotros los venezolanos, muy triste para la democracia, porque la independencia de poderes sigue sin existir», concluyó Mármol.

Referendo consultivo

Por su parte, el exmagistrado de la Corte de Apelaciones de Caracas, Jesús Ollarves Irazábal, fue enfático al destacar la ilegalidad del procedimiento impuesto por la directiva de la Asamblea Nacional para renovar los poderes.

«Es ilegítimo. Se trata una vez más de un golpe de Estado a la Constitución», recalcó el jurista.

Para Ollarves esta afirmación se ve reflejada especialmente en la utilización del penúltimo párrafo del artículo 279 para justificar la imposición roja de los titulares del Poder Ciudadano.

«Es una maniobra artera que se pone en evidencia, porque el propio artículo 279 dice antes que en caso de no haber acuerdo con la designación de la fiscal, contralora y defensora del Pueblo, deberá someterse a una consulta popular para que el proceso sea tranparente y viable», estimó.

El profesor recalcó que el texto fundamental es muy claro, y dada la trascendencia nacional y pública del asunto en cuestión, una visión del espíritu de la Carta Magna refuerza la iniciativa de una consulta al vincular la elección de autoridades con el artículo 71 que prevé el referendo consultivo.

«Los problemas de la democracia se resuelven con más democracia. De no hacerse estaríamos en presencia de un fraude a la Constitución y al pueblo venezolano», alertó Ollarves.

El texto

Artículo 279 de la Constitución:

El Consejo Moral Republicano convocará un Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano, que estará integrado por representantes de diversos sectores de la sociedad; adelantará un proceso público de cuyo resultado se obtendrá una terna por cada órgano del Poder Ciudadano, que será sometida a la consideración de la Asamblea Nacional que, mediante el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes, escogerá en un lapso no mayor de treinta días continuos, al o a la titular del órgano del Poder Ciudadano que esté en consideración. Si concluido este lapso no hay acuerdo en la Asamblea Nacional, el Poder Electoral someterá la terna a consulta popular.

En caso de no haber sido convocado el Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano, la Asamblea Nacional procederá, dentro del plazo que determine la ley, a la designación del titular o la titular del órgano del Poder Ciudadano correspondiente.

Los y las integrantes del Poder Ciudadano serán removidos o removidas por la Asamblea Nacional, previo pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con lo establecido en la ley.

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