La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró improcedente la acción de amparo constitucional cautelar, interpuesta por el Colegio de Abogados del estado Carabobo contra el decreto presidencial que convirtió en Monumento Nacional la Plaza Monumental de Valencia y despojó al municipio de su administración.
El grupo de abogados alegó el menoscabo del derecho a la propiedad de la capital carabobeña y sus habitantes, por ser la obra arquitectónica un patrimonio de la región.
Sin embargo, sin entrar a considerar el fondo del asunto, la Sala apeló por un tecnicismo al señalar que los demandantes «no representan al municipio Valencia del estado Carabobo, en consecuencia, mal pueden invocar la violación de un derecho para el cual no se encuentran legitimados».
El decreto N° 664 fue dictado el 10 de diciembre de 2013 por el presidente Nicolás Maduro, con lo que transmitió la administración del monumento al Ministerio de Turismo.
La Plaza Monumental fue inaugurada en 1971 para albergar la actividad taurina que se representa en la región central, y significa un ícono cultural para los valencianos.