Jerónimo Barrera, el procurador municipal

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Cuando se escribe un registro para reconocimiento y exaltación de los máximos bienhechores de la Nueva Segovia de Barquisimeto, el nombre glorificado de Jerónimo Barrera, se pronunciará con ufanía y entre quienes, por antelación, se propuso concebir una política de ejidos, que sirva para regir con justicia y equidad, este importante ramo de la administración municipal.

Desde la más remota época, la ciudad ha tenido conocimiento de la cadena de litigios y la promoción de acciones de deslindes judiciales (familae erciscunde) que han continuado realizándose hasta nuestros días (ver mi libro Litigios entre los Ribereños del Turbio) por las temerarias disputas originadas por reclamaciones suscitadas entre los ocupantes de lotes de terrenos que integran el patrimonio de Ejidos, de la Nueva Segovia de Barquisimeto.

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Las fuentes principales de estos litigios, de longeva data, están representadas por los títulos de composición de terrenos traspasados por el Gobernador, Diego de Osorio y las reclamaciones incoadas por los habitantes y descendientes de encomiendas y sus causahabientes, quienes consideraron menoscabados sus derechos, por la concurrencia de ejidos, Propios, baldos y resguardos de indios, constituidos como patrimonio de la ciudad, por el Justo Título otrogado por el Gobernador Diego de Osorio, ante el escribano de Gobernación, el 9 de mayo de 1596 y donde hizo legítima representación Don Ambrosio Ritz, Procurador General del Cabildo.

Como consecuencia de esa prolongada situación litigiosa, que alcanzó espacios de terceros y tenedores de títulos de composición de tierras, tal vez actuando motu propio, o por comisión conferidad por el Cabildo de Nueva Segovia, que Jerónimo Barrera, se dirigió a la Real Audiencia de Santo Domingo, máximo Tribunal que conocía de los Recursos de Alzada y ante esa superior instancia, solicitó amparo a favor de la ciudad y su patrimonio de Ejidos.

De la solicitud del Recurso de Amparo promovido, formulada a principios de octubre de 1.611, reproducimos el párrafo final, que textualmente dice: “A.V.A pido y suplico ampare a la dicha ciudad, en los dichos propios, pastos y baldíos y, en caso necesario, se nos confirme de nuevo mandándonos despachos de vuestra carta y provisión real para que ninguna persona se las ocupe, aunque pretenda tener derecho, sin que primero y ante todas cosas, vuestra Alteza vea y declare el que cada uno tuviere y que teniéndose las ocupadas, todas o algunas partes de ellas las desocupen y dejen libre a la dicha ciudad y pido justicia y lo más necesario” (f) Jerónimo Barrera.

Con premura, la Real Audiencia de Santo Domingo consideró el Recurso de Amparo y lo declaró con lugar y ordenó su ejecución, para evitar el despojo y usurpación de las tierras comuneras y lo autorizan, conforme a la Ley. Gobernador-Presidente: Alonso de Sandoval. Fiscal: Fernando Mexias de Villalobos. Oidores: Juan Álvarez Meléndez y Ruiz Gómez. Canciller: M.G. Melo y Secretario de Cámara: Gaspar Páez Maldonado.

Por su intrépido gesto, su brillante acción de comparecer ante la Audiencia de Santo Domingo, lo difícil y duración de las comunicaciones en aquella época borrascosa, ponen de relieve el espíritu tesonero de este infatigable Procurador Municipal encarnado en Jerónimo Barrera, que culminó con afortunado éxito, su ímproba defensa de los ejidos de la Nueva Segovia. Eso es el testimonio admirable de su perentoria gestión.

Jerónimo Barrera es el primer hombre municipal, que concibió la empresa resgosa de la defensa de los ejidos a favor del común, en desafío permanente a los dolosos detentadores de ejidos, para que no se convirtieran en pequeños grupos de privilegiados y usurpadores.

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