Los lineamientos de financiamiento para las organizaciones de base del poder popular fueron establecidos a través del Decreto Presidencial N°. 1.390, publicados en la Gaceta Oficial 40.540, de fecha 13 de noviembre, que circuló este viernes.
El principal objetivo de este nueva normativa es regular el financiamiento de la ejecución de proyectos socioproductivos y sociales, los cuales serán determinados por el Ejecutivo.
La responsabilidad de coordinar las acciones y decisiones necesarias para promover, articular y dictar lineamientos para dar los financiamientos, estará en manos del Ministerio para las Comunas y Movimientos Sociales.
Se establece en la normativa que los recursos otorgados deberán estar orientados a la formación y adquisición de conocimientos, operatividad del proyecto, dotación de materiales, adquisición y mantenimiento de maquinarias y equipos, medios de transporte y distribución, construcción de infraestructuras productivas y sociales, planes de salud comunal y esparcimiento y recreación.
Serán beneficiarios emprendedores individuales o asociados, consejos comunales, comunas, asociaciones cooperativas, empresas de propiedad social, unidades productivas familiares, sistemas de trueque, personas naturales en situación de vulnerabilidad y otras instancias y organizaciones del Poder Popular, indica la disposición.