Para brindar un soporte legal a la juventud del país, el Presidente de la República dictó el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Juventud Productiva, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial N°. 40.540 de este jueves 13 de noviembre.
La nueva disposición según el Artículo 1°, tiene por objeto regular, promover y consolidar mecanismos para la participación de la juventud, a través de su incorporación plena al proceso social del trabajo, garantizando las condiciones necesarias para su evolución y crecimiento mediante su formación técnica, tecnológica, científica y humanística, sin necesidad de experiencia previa, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución.
Asimismo, la norma establece la creación de Un Registro Nacional de Juventud Trabajadora, que tendrá como objetivo levantar la información personal y datos de los jóvenes tomando en consideración sus aptitudes, vocaciones, habilidades, competencias y aspiraciones. La información recogida deberá ser clasificada de acuerdo al ámbito territorial por estados, municipios, parroquias y localidades.
La Ley establece las condiciones para las pasantías que realizarán los estudiantes que estén debidamente registrados, así como también la creación de un Fondo Nacional para los Proyectos de la Juventud Productiva, que será administrado por el ente competente en materia de juventud.