Aunque la Ley Orgánica del Trabajo contiene mecanismos de estabilidad interesantes, la reducción de la jornada laboral pone en desventaja a Venezuela frente a los países del Cono Sur, indican los abogados Domingo Salgado y Alexander Díaz, quienes ofrecieron sus consideraciones al respecto en la primeras jornadas Gestión Humana, de la mano de C&P Human Consulting y EL IMPULSO.
Los expertos señalaron que Venezuela tiene la jornada laboral más corta de Latinoamérica.
Con la reducción de la jornada a 40 horas por semana y la obligatoriedad de dos días de descanso consecutivos, la pequeña y mediana empresa fueron las más perjudicadas.
“No se puede aplicar la misma medida en una industria, una oficina o una panadería, por ejemplo”, sostiene Díaz, quien asegura que se puede respetar la institución del descanso pero hacen falta reformas puntuales en la LOTTT.
“Tampoco se tomó en consideración la jornada de trabajo de nuestros países vecinos, los principales competidores en áreas de productos distintos a industrias básicas y petroleras (…) Cada vez que se refieren a la reducción de la jornada de trabajo, se justifica con las jornadas extenuantes, con intenso calor y riesgo, propio de las industrias metalúrgicas, petroleras o minerales.
Pero resulta que la mayor parte del empleo en el país está en la pequeña y mediana empresa que aspira crecer, ampliar sus márgenes de producción y exportar sus productos o incluso en entrar en algunas de las políticas de mercado común, promovidas por el mismo Gobierno”, añade Salgado.
El ejemplo más cercano está en Colombia, afirma, donde la jornada de trabajo diurna es de 48 horas, versus las 40 de Venezuela. Y en el caso de la jornada nocturna se computa a partir de las 9:00 pm, en lugar de las 7:00 pm, como aquí sucede.
“Nos coloca en una situación difícil al momento de establecer costos”.
“Si algo piden que se modifique de la legislación laboral es que permitan tener una flexible relación de trabajo”, dice Salgado.
La inamovilidad laboral en el país se mantiene desde hace 12 años y según ambos consultores, se trata de una situación de “terrorismo laboral”, pues detiene el crecimiento de las empresas y con ello la creación de nuevos puestos de trabajo. También limita las relaciones de trabajo armoniosas.
Inamovilidad laboral
“La inamovilidad laboral responde a un manejo político perverso. Cuando revisas las estadísticas, las relaciones de trabajo sí han culminado”, comenta Díaz.
El rosario de leyes en materia laboral de Venezuela respeta los estándares de la Organización Internacional del Trabajo. Sin embargo, las limitaciones previstas en ese conjunto de normas, ocasionaron una ruptura del equilibrio empresarial, explica el doctor Salgado.
Pese a las garantías de estabilidad, irrenunciabilidad y progresividad de los derechos laborales, las normas también suponen un abuso en la cantidad de derechos que rompieron el equilibrio empresarial.
Ruptura del equilibrio
“El quiebre del equilibrio empresarial solo ocasiona más desempleo, menos inversión. Se reducen las posibilidades de competir con el exterior”.
Es importante mencionar que la cifra de exportaciones en el país es baja: no supera el 10%, otra desventaja frente a naciones del Continente.
La caída de la producción, el cierre de industrias y el aumento de las formas de trabajo precario no fueron ocasionadas únicamente por la LOTTT, aclara Díaz.
“Tenemos que hurgar en el tema país: la inflación más alta del mundo, la baja productividad consecuencia de un control cambiario donde hay cuatro tipos de cambio y las empresas que trabajan con el dólar tienen dificultades en la reposición de inventario”.
A juicio del consultor jurídico, el Estado interviene en las relaciones de trabajo para regular la actividad “en un sentido maléfico”.
“Habrá que rediseñar estructuras legislativas que permitan flexibilizar algunas situaciones en el manejo de las relaciones laborales”, ratifica Salgado.
Sin seguridad laboral
Según el abogado Domingo Salgado, en Venezuela hay numerosos casos de subempleos. Es decir, personas empleadas por debajo de sus competencias.
“Cuando consigues a profesionales con títulos universitarios de cuarto o quinto nivel, cuyas competencias son requeridas para un Técnico Superior Universitario, se habla de subempleo”.
En tiempos donde la informalidad gana terreno, el especialista en derecho laboral indica que los trabajadores no dependientes también entran en esa modalidad de subempleo o trabajo en condiciones de precariedad.
“No cuentan con seguridad social. Efectivamente, la Ley Orgánica del Trabajo dice que el Estado promoverá la seguridad social en los trabajadores no dependientes. Pero la verdadera situación es que la seguridad social de los trabajadores dependientes no está cubierta”.
Aunque reconoce los avances en el tema de las pensiones, el consultor afirma que los hospitales del Instituto Venezolano del Seguro Social carecen de insumos, pocos tienen acceso al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, dos puntos en los cuales se resume la seguridad social.
Me iría por otro caso ¿Acaso hablamos de pensiones suficientes en materia de vejez? ¿En el momento en el cual la persona requiere de los fondos para cubrir sus gastos médicos y estar tranquilo? Sin ningún tipo de matiz político pudiera asegurar que no.
Si el trabajador venezolano no logra tener una cultura de ahorro y de inversión que le permita garantizar su vejez, simplemente se quedará con la dádiva que representa la pensión”, sostiene.