El Gobierno nacional, a través de la Superintendencia Nacional de Vivienda (Sunavi), proveerá refugio temporal, al arrendatario o arrendataria y a su grupo familiar que tengan sentencia definitiva firme para desalojar la vivienda que habitan, de acuerdo con la Resolución N°. 031 del Ministerio de Vivienda y Hábitat y Ecosocialismo, publicada en la Gaceta Oficial N°. 40.508 de fecha 30 de septiembre que circuló este miércoles.
Destaca la disposición que el Minvih dispone de amplias facultades para dirigir, administrar, dictar y hacer cumplir medidas administrativas y preventivas; así como asignar refugio a aquellas familias que deban desalojar viviendas sobre las cuales recaigan sentencias definitivamente firmes de desalojo, a los fines de garantizar relaciones arrendaticias justas.
El despacho delega en el ciudadano José Jiménez Villasana, superintendente nacional de Arrendamiento de Vivienda, la atribución de proveer refugio temporal.