Deberán vender motocicletas con casco y chaleco reflectivo

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A partir de esta fecha, las empresas ensambladoras, fabricantes o importadoras de motocicletas, deberán proveer de las calcomanías identificadoras del casco protector y del chaleco reflectivo con el respectivo número de placa suministrado por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre.

Así lo establece la resolución conjunta de los ministerios de Relaciones Interiores Justicia y Paz (MRIJP) y de Industrias, publicada en la Gaceta Oficial N° 40.504 de fecha 24 de septiembre, que tiene por objeto complementar las disposiciones contenidas en el Reglamento Parcial de la Ley del Trasporte Terrestre sobre el Uso y Circulación de Motocicletas en la Red Vial Nacional y el Transporte Público de Personas en la Modalidad Individual Moto Taxis, relativas a la obligación de las empresas ensambladoras, fabricantes, importadores y comercializadores de motos.

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La resolución es de obligatorio cumplimiento para las empresas ensambladoras, fabricantes, importadoras y comercializadoras de motocicletas, también aplicará para los propietarios y propietarias, conductores y conductoras de motocicletas en la red vial nacional.

 

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