El gobierno boliviano promulgó este jueves una ley que autoriza el trabajo infantil desde los 10 años con el argumento de que la norma se sujeta a la realidad del país, que obliga a los menores a lanzarse prematuramente al mercado laboral.
El presidente en ejercicio, Alvaro García, firmó la promulgación de la ley en la casa de Gobierno, en ausencia de Evo Morales, en viaje a Brasil.
«Acabamos de promulgar una ley que ha costado elaborarla porque había un conjunto de convenios internacionales que el Estado ha firmado referido a los derechos de los niños, pero existe una realidad boliviana», señaló García al argumentar sobre la promulgación, junto a organizaciones de menores que apoyaron la norma.
La nueva ley, que retoma un Código del Menor de 1999, establece que la edad mínima para trabajar es de 14 años, pero hace dos excepciones: el trabajo por cuenta ajena, a partir de los 12 años, y el trabajo por cuenta propia, desde los 10 años.
García manifestó que «era fácil promulgar una ley en correspondencia con los convenios internacionales que no se iba a cumplir, que no se iba a aplicar, porque la realidad (boliviana) tiene otras características y otras necesidades».
Los convenios de la OIT de Naciones Unidas establecen la edad mínima para trabajar desde los 14 años y hace excepciones desde los 12 en países en vías de desarrollo.
Eddy Roman, un adolescente de la ONG privada de infantes y jóvenes UNATSBO, apoyó la norma y señaló que «se pide a voz en cuello la no erradicación del trabajo infantil desde hace cuatro años y más».
García explicó, empero, que Bolivia aplicará hasta 2025 políticas de Estado para erradicar las condiciones que provoca el trabajo infantil, como la extrema pobreza.
La nueva ley motivó que la OIT anuncie la semana pasada en Ginebra una investigación sobre Bolivia por la situación de los niños trabajadores.
Políticos opositores bolivianos cuestionaron la nueva norma pues argumentan de que se abre una puerta para legalizar el trabajo desde los 10 años.
La norma también establece la imputabilidad desde los 14 años (reduce en dos al código anterior), e instituye la pena de 30 años de cárcel sin derecho a indulto para el adulto que provoque infanticidios violentos.