- Publicidad -
Según decreto presidencial 1.083, los obreros del Estado recibirán en el grado menor de la primera escala 4.251,40 bolívares, en tanto que la máxima remuneración de la décima escala será de 7.256,90 bolívares.
El mismo decreto señala que los funcionarios de la administración pública cobrarán en el menor nivel de la primera escala 4.251,40 bolívares y el mayor salario de la escala siete profesional será de 10.462,06 bolívares.
La escala fue publicada en la Gaceta Oficial, para obreros y funcionarios de la administración pública.
- Publicidad -
- Publicidad -