La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia desestimó la denuncia presentada por el ciudadano Robert Alexander Alvarado López contra el gobernador del estado Yaracuy, Julio César León Heredia. Constató el Alto Juzgado que los hechos denunciados no encuadran en ninguno de los tipos penales previstos en la Ley Contra la Corrupción, ni en ningún otro instrumento de naturaleza sustantiva penal.
Así lo dictaminó el TSJ, con ponencia del magistrado Emiro García Rosas, al declarar con lugar la solicitud hecha por la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, de desestimar la denuncia contra el mandatario yaracuyano, por la presunta comisión -según el denunciante- de delitos tipificados en la referida ley.
Constató la Sala Plena que Robert Alvarado no expresó prolijamente en su escrito, los hechos que pudieran encuadrar en los tipos de delitos denunciados; sino que se limitó a efectuar juicios de valor y señalamientos subjetivos con respecto a terceras personas y su supuesta relación con el Gobernador, sin aportar pruebas contundentes. Además, no acompañó a su denuncia los elementos de convicción que apoyaran sus afirmaciones.
Recordó el Máximo Juzgado que «toda denuncia debe ser debidamente fundamentada, y para ello necesariamente deben describirse exhaustivamente los hechos que puedan subsumirse en uno de los tipos penales contemplados en nuestra legislación, de lo contrario carece de fundamento como ocurre con la presente denuncia, la cual es genérica y carente de argumentos que permitan deducir la posible comisión de un hecho ilícito».
Finalmente la Sala ordenó notificar y remitir copia certificada de la presente decisión al gobernador, Julio César León Heredia, para que conozca el contenido de la sentencia y de considerarlo así, ejerza las acciones legales correspondientes.