Transcurre la tercera prórroga de 60 días para la consulta pública del Plan de Desarrollo Urbano Local (PDUL) de Iribarren y mientras esto ocurre el municipio sostiene una carrera contra el reloj, apresurado para que no se cumpla el plazo de vigencia propuesto en el PDUL de 2003 y que expresa que este tendrá vigencia hasta el 2016, para lo cual sólo resta año y medio; tiempo en que se deberá hacer llegar la propuesta hasta otras tantas instancias, como el Ministerio de Vivienda y Hábitat.
Basado en su experiencia como doctor en derecho urbanístico de la Universidad Deusto de Bilbao, España, el abogado Emilio Urbina, quien ha participado en cuatro de los 16 PDUL aprobados en Venezuela, comenta que es poco probable que en esta materia se realicen actos ilegales, puesto que en el citado ministerio son estrictos con la aprobación de los planes urbanísticos. “De ser una cuestión netamente política, hubiesen aprobado otras tantas propuestas de alcaldes que forman parte del partido de gobierno, y no ha sido así. Han sido más las propuestas rechazadas que aprobadas”, comentó.
Como especialista exhorta a quienes cuestionan el fundamento de lo planteado tanto en el PDUL como en la reforma de la ordenanza a revisar los expedientes públicos que reposan en la Secretaría del Concejo Municipal, donde se encuentran los informes técnicos y las observaciones.
Para ambas reformas se deben cumplir los pasos establecidos en Ley Orgánica de Ordenación Urbanística (LOOU). Sin embargo, se habla de reforma de la ordenanza y no de PDUL puesto que no existe diagnóstico que sustente el segundo planteamiento. Para esto se requieren diversos estudios que justifiquen la necesidad del mismo, con los cuales no se cuenta.
La reforma del plan significa abordar conceptos de desarrollo urbano, asumidos en 2003, enmarcados en una propuesta desarrollista o de expansión, lo que a su juicio es imposible de sostener bajo las circunstancias actuales. “No tenemos capacidad para promover este desarrollo, Iribarren no cuenta con garantías de servicio de agua y también sufre déficit eléctrico, esto ha impedido que se cumpla en gran porcentaje lo planteado”. También citó el crecimiento urbanístico hacia la zona norte y los problemas de calzada y vialidad presentes.
Urbina explicó que además de costoso, por la pluriformación de los equipos, este proceso, para un municipio como Iribarren, podría tomar entre cinco y siete años. Sin embargo, la reforma de ordenanza es más puntual, puesto que se tratan elementos que norman el diseño urbanístico.
Otro de los planteamientos polémicos ha sido el supuesto cambio de zonificación de la Zona 0, situación que a juicio de Urbina debe ser clarificada, ya que falta la aprobación de cuatro instancias del proceso.
Explica que el PDUL vigente contempla las zonificaciones de áreas y usos tal y como se encuentran actualmente. No obstante, es el Decreto de Utilidad Pública y las declaraciones de Áreas Vitales de Vivienda y Residencia (Avivir) sobre dichos espacios, dictados por el fallecido presidente Hugo Chávez, los que afectan la zonificación prevista.
A su juicio se intenta adecuar dicho punto al referido decreto. Pero esto resulta complejo puesto que se requieren ciertos estudios técnicos, como los planteados en el artículo 47 de la LOOU.
Desde el punto de vista técnico su aprobación es improcedente, al igual que la demarcación de Santa Elena.
Explica que si se remite la reforma a la Dirección de Planificación y Control Urbano (DPCU), a fin de que se realicen los ajustes pertinentes, deberán repetir la consulta pública y los demás procedimientos, puesto que sería una nueva reforma.
No obstante, salva la petición de la arquitecto Zulay Briceño, directora del DPCU, puesto que será dicha instancia la que ejecute el plan, una vez publicado en gaceta. Considera necesaria la participación del DPCU en la audiencia técnica a fin de que se hagan las valoraciones debidas.
Sobre la intervención que solicita la actual directiva de DPCU de la alcaldía de Iribarren, Urbina explica que al realizarse la fase de consulta con el Ministerio de Vivienda la DPCU puede realizar sus intervenciones, al igual que en la fase de audiencia técnica.
Sostiene que la polémica propuesta de reforma es sólo un “documento en procedimiento”, al que le restan entre cuatro y cinco instancias de consulta y evaluación, durante la cual se pueden generar múltiples cambios que deben ser sustentados.
“Lo realmente vigente es lo propuesto en la Ordenanza del PDUL de 2003, que continúa como una bomba de tiempo”, comentó el especialista quien dice haberse reunido con los concejales de la pasada administración y la actual, a quienes aconsejó asumir la referida modificación, a fin de actualizar el documento según el marco legal presente y dar vigencia indefinida a la ordenanza actual, que según reza en el artículo 150 tiene periodo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016.
Aspectos relevantes
La Reforma de Ordenanza del PDUL trata aspectos como:
-Reformular el concepto de Vivienda Productiva y ajustarlo a la realidad actual, ya que en el PDUL vigente las zonas residenciales son incompatibles con cualquier otro uso.
Como ocurre en Fundalara y Nueva Segovia, donde actualmente se sostiene actividad comercial de orden metropolitano, lo cual es ilegal según la ordenanza del plan vigente. El concepto y uso del mismo deberá ser regulado.
-Redefinir las Zonas de Protección Urbana (ZPU), que por sus características son de proceso de urbanización restringido o prohibido, como la Zona de Protección Metropolitana Barquisimeto-Cabudare.
Se pretende redefinir qué es ZPU y qué no es, puesto que el contenido expuesto en 2003 fue contradictorio y presentó vacíos legales.
-Replantear la aplicación del diseño urbano, proyectos urbanísticos y tramitaciones administrativas que en la ordenanza de 2003 presentaban vacíos legales. El objeto es precisar y reducir al mínimo la discrecionalidad de los funcionarios.
Historia del actual PDUL
El PDUL de 2003 tiene su origen en 1998, durante el ejercicio como alcalde de Macario González, el cual no fue aprobado en Asamblea Nacional Constituyente, que lo derogó por supuestamente incostitucional.
Al culminar su periodo González, recibió este plan el entonces alcalde Henri Falcón, quien por orden de la Asamblea Nacional adaptó el contenido a lo permitido constitucionalmente.
Es de recordar que el PDUL vigente es el de 2003, promulgado durante el periodo como alcalde de Falcón.
Fue durante el mandato de Amalia Sáez como alcaldesa que se solicitó una revisión y modificación de la ordenanza, según lo establecido en la LOOU y con base a estudio que, según cuenta Urbina, sustentaron la propuesta que ahora se discute.