La Providencia Administrativa publicada en la Gaceta Oficial 40.415 de este martes 20 de mayo señala que Conatel autorizará que canales pueden incluir en su parrilla de programación las compañías de cable.
En el texto se establece la obligatoriedad de los canales nacionales de volver a registrarse ante Conatel (artículo 6) para optar por un nuevo permiso válido entre dos y cinco años. De la misma manera dicta que las cableoperadoras no podrán incluir canales nacionales en su grilla de programación que no estén autorizados por Conatel.
Todos estos permisos deberán ser solicitados dentro de 30 días continuos a partir de la Gaceta, y Conatel tendrá 120 días a partir del cumplimiento de ese plazo para responder las solicitudes.
Los prestadores del servicio de difusión por suscripción deben incluir en sus planes o paquetes básicos de programación, previa suscripción del contrato respectivo, servicios de producción nacional o audiovisual en proporción del ocho por ciento del total de canales ofrecidos, pudiendo voluntariamente ocupar más del porcentaje previsto.
Las nuevas disposiciones permitirían al Estado incluir canales en la grilla de programación de la televisión por suscripción, lo que implicaría que los prestadores del servicio tendrían que sacar canales que ahora ofrecen.