El gobernador Henri Falcón considera que es inconstitucional la decisión del Tribunal Supremo de Justicia sobre limitar el derecho a la protesta pacífica.
» A mi juicio como abogado y ciudadano es inconstitucional la resolución del TSJ» declaró Falcón a los medios de comunicación este viernes.
«Acataremos el dictamen pero no lo compartimos, pero siempre dentro del marco de la Constitución» agregó.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, interpretó el artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela el cual dispone en su primera parte que los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley; reconociendo en la decisión que ese derecho político no es absoluto y, por ende, admite restricciones para su ejercicio al ordenar que el mismo se ejerza conforme a las previsiones de Ley (tal como ha sido regulado desde la Constitución de 1961 en su artículo 115).
Añade la sentencia que cualquier concentración, manifestación o reunión pública que no cuente con el aval previo por parte de la respectiva autoridad competente para ello, podrá dar lugar a que los cuerpos policiales, a los fines de asegurar el derecho al libre tránsito y otros derechos constitucionales, actúen dispersándola con el uso de los mecanismos más adecuados para ello, en el marco de lo dispuesto en la Constitución y el orden jurídico.
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