Juntas comunales y consumidores organizados se niegan a reconocer los ajustes de precios de alimentos y otros bienes, acordados “de palabra” entre el Gobierno, los productores y gremios sectoriales, sin publicarlos como es usual en la Gaceta Oficial, lo cual impide a los comerciantes formales poder comercializarlos libremente, ya que los usuarios los califican como “ilegales”.
Empresas afiliadas a diferentes Cámaras regionales asociadas al Consejo Nacional del Comercio y los Servicios (Consecomercio), le han expuesto dicha situación a la dirigencia gremial, y transmitido su decisión de exhortar al Ejecutivo a corregir dicho procedimiento a la brevedad. Es decir, que se oficialice el aumento con su publicación en la Gaceta, para que se normalicen las ventas y se eviten discordias entre comerciantes y compradores.
Para complicar aún más el panorama, el ministro de Agricultura y Tierras, Yván Gil, declaró a los medios de comunicación que oficialmente no se había autorizado ningún ajuste en los precios de algunos rubros agrícolas y pecuarios.
Consecomercio estima que “de la palabra, hay que pasar a la formalización de un acuerdo legal”, ya que bastante irritabilidad deben vivir los consumidores a diario, ante la obligación de hacer largas colas para comprar cualquier producto de origen nacional o importado y lo cual, injustamente, en muchos casos se lo atribuyen a la ineficiencia con la que funcionan diversos comercios.
En tal sentido, el organismo gremial espera entonces, que el Gobierno nacional publique en Gaceta Oficial, los aumentos de precios que ha autorizado consensuadamente, para que las empresas y sectores que han sido atendidos en sus planteamiento sepan a qué atenerse realmente, pero también para que a los comerciantes formales no se les siga atribuyendo responsabilidades que no les corresponden.
Cámara Inmobiliaria solicitará nulidad de providencia
El presidente de la Cámara Inmobiliaria, Aquiles Martini, informó que en los próximos días la organización introducirá un recurso ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en contra de la providencia administrativa del Ministerio de Hábitat publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.382, reportó Globovisión en su portal web.
Según la misma, la Superintendencia Nacional de Arrendamiento, estableció las normas para que los propietarios o arrendadores de edificios -con antigüedad de 20 años o más- oferten inmuebles en venta a la primera opción (inquilino) tras la culminación del contrato.
Martini reprochó la decisión publicada en la Gaceta puesto que en la Constitución venezolana “no hay ningún lado que diga que pueden obligar a vender la propiedad”.