Destitución de MCM responde a intereses del Gobierno

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó, mediante una sentencia, la pérdida de la investidura de la diputada María Corina Machado.

La decisión, emitida el 31 de marzo en la noche, se sustenta en los artículos 149, 191 y 197 de la Constitución, los cuales prohíben a los diputados aceptar cargos, honores o recompensas de Gobiernos internacionales, sin previa autorización de la AN.

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Según especialistas, el TSJ actuó de manera sesgada en el caso marcado por irregularidades. La destitución, opinaron, responde a intereses del Gobierno de Nicolás Maduro.

Se trataría de una aberración, declaró el doctor en Derecho, Román Duque Corredor.

Dijo que la Sala Constitucional se pronunció a favor del presidente de la AN pese a que él nunca introdujo una demanda.

“En primer lugar se violó el derecho a la defensa (no permitido a Machado). Es necesario que una solicitud de la AN esté basada en la decisión de una mayoría calificada (las tres cuartas partes). La directiva no tiene la facultad”, comentó el exmagistrado del TSJ, doctor Jorge Rosell.

No se cumplió con el debido proceso porque Machado nunca compareció ante un tribunal para responder a las circunstancias que le imputan, añadió.

Sentencia injustificada

“Utilizaron la administración para cometer un acto terrorista. La interpretación que hizo el TSJ es malintencionada. Machado no aceptó ningún cargo permanente o temporal en ninguna parte”, dijo el abogado especialista en derecho constitucional, Joel Rodríguez Ramos.

Reiteró que Machado acudió a la sesión de la Organización de Estados Americanos (OEA) por la vía diplomática, no condicionada a cargos como lo expuso el TSJ. A la diputada, prosiguió, se le concedió el derecho de palabra en el asiento de Panamá.

Ese procedimiento ha sido empleado en otras oportunidades. Citó el caso de Honduras en el 2009, cuando Venezuela le cedió el asiento al destituido presidente Manuel Zelaya.

Cuestionó que el TSJ emitiera una sentencia contra Machado cuando Cabello, siendo presidente de la AN, se reincorporó a la Fuerza Armada para recibir el ascenso a capitán (la Constitución también lo prohíbe).
En el juicio, continuó, utilizaron el mismo libreto de los alcaldes destituidos y detenidos.

De acuerdo con Rodríguez Ramos la sentencia tendrá graves consecuencias sociales y jurídicas.

“La colectividad se siente burlada porque las instituciones están al servicio de Nicolás Maduro. La protesta arreciará aún más”.

 

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