La implementación del Sistema Complementario de Administración de Divisas 2 (Sicad 2), podría representar una devaluación del 500% sobre la tasa de 6,3 bolívares por cada dólar que se tasa en la Comisión de Administración de Divisas. Así lo sostiene el economista Salomón Centeno, en una entrevista concedida el día de ayer, antes de conocerse la primera tasa de cotización del nuevo sistema.
Centeno considera que la implementación de dicho sistema podría tener beneficios sólo si se respetan las estatutos de la libre oferta y demanda. “La duda es saber si, desde el Estado, se tiene el suficiente músculo para abastecer de dólares este sistema”, explica el especialista, toda vez que empresas estatales como Pdvsa y la banca pública, además de privados, serán los ofertantes.
En este sentido, explica Centeno, tasar el precio del dólar por encima de los 50 bolívares, representaría una macrodevaluación, “estamos hablando de una devaluación por encima del 500%”, explicó. Acto seguido, prosigue el economista, esta nueva tasa representaría un “efecto desastroso en la inflación del país”, pues a pesar de que exista la tasa de Cadivi, muchas compras de productos básicos se realizarán por este nuevo sistema, “se va a convertir en marcador de muchos productos”.
Además, para Centeno, no hay dudas de que este mecanismo también se convertirá en una fuga de capitales, “todos querrán resguardar sus ingresos en dólares”.
Aunque la venta de dólares por más bolívares le permitirá al Estado disminuir la cantidad de liquidez monetaria que presiona la inflación, Centeno sostiene que la clave para disminuir completamente esta distorsión estaría en la reducción del gasto público y del endeudamiento a nivel externo e interno. “El Estado tiene que evitar el dinero inorgánico (el que no proviene de la economía sino de la emisión de billetes desde el BCV)”.
¿Cómo participar?
Podrán participar en este sistema tanto personas naturales como jurídicas, y los requisitos son los mismos que se necesitan para abrir una cuenta en bolívares. Para la persona natural: copia de la cédula, copia del recibo de un servicio público, dos referencias bancarias o comerciales y, en el caso de no tenerla, dos personales.
Para personas jurídicas: copia del RIF, copia del registro, de la declaración de impuesto, de los recibos de servicios de la empresa, las referencias bancarias o comerciales, más los recaudos de las personas naturales. Todos los requisitos deben ser consignados ante su operador bancario.