Empresarios y comerciantes conocieron los detalles de la recién promulgada Ley Orgánica de Costos y Precios Justos, con especialistas del derecho quienes resaltaron las incongruencias de la ley, sus consecuencias y sanciones a quienes incurran en el cumplimiento de la misma.
Alejandro Tovar, presidente de la Cámara de Comercio del estado Lara, indicó que al directorio le llamó la atención la cantidad de sanciones que contempla esta ley.
“Se duplicaron las penas en cuanto a Unidades Tributarias y años de cárcel, los jueces podrán dictar medidas cautelares y la Superintendencia Nacional Para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (Sundde) podrá establecer procedimientos de reserva legal, lo que hace de la actividad empresarial un terrero difícil de transitar”.
Ante esta preocupación y en vista de que los organismos administrativos iniciarán inspecciones en los próximos días, el gremio decidió iniciar una serie de charlas para advertir sobre los riesgos de incumplir la normativa vigente.
Además, expresó que el gremio estará visitando, como ya se hizo en una oportunidad, a todas las cámaras y asociaciones de comerciantes de los diferentes municipios del estado Lara, y de esta manera cumplir con el objetivo de fomento y protección, en las mejores condiciones del ejercicio del comercio.
Más pena y doble sanción
Julio Alejandro Pérez Graterol, abogado y director de la Fundación Universitas, indicó que se derogan con este nuevo reglamento la Ley de Bienes y Servicios y el decreto ley de Precios Justos del 2011, orientada a normas de orden público y que se aplican a todos los actores económicos de la sociedad venezolana.
Entre los elementos que destaca el especialista, se encuentra el incremento sustancial del tiempo de las penas, así como la suspensión de la actividad comercial y multas que van hasta las 50 mil UT.
Además, el margen de ganancia para todas las actividades comerciales será no más del 30%.
“Solo está considerando los costos directos de manera que en ese porcentaje se incluyen los gastos indirectos y el porcentaje razonable de ganancia, una generalización de la ley que no explica cómo se llegó a ese número, pues los actores económicos no participaron en esta regulación”.
En la ley se derogan artículos como los derechos de los usuarios y los consumidores, lo que demuestra la improvisación en la publicación de la misma.
“No hay regulación del comercio electrónico, ni la normativa de publicidad, además de las normas de protección de la salud establecidas para prohibir a los comerciantes ofrezcan productos nocivos para la salud”.
Indicó que están en presencia de un capítulo más de terror que se extenderá hasta los próximos meses, limitando la ganancia y que generará más consecuencias.
“Las víctimas serán los actores económicos grandes y pequeños ante la inseguridad que tiene el país. Se están recogiendo actualmente las malas prácticas administrativas de noviembre y diciembre”.
Destacó que el Gobierno tiene la potestad de tutelar para que los precios sean justos, pero no quiere decir que tenga que generar mecanismos fuera del marco jurídico.
“Pueden buscarse soluciones concertadas, con productores, comerciantes, empresarios, consumidores y así buscar los mecanismos adecuados para disminuir la inflación y atacar el desequilibrio macroeconómico. Lamentablemente las medidas serán aplicadas a todos los industriales y comerciantes y se aplicarán selectivamente en los momentos de mayor desabastecimiento y mayor inflación ”.
Por otra parte, también resaltó que se iguala a los pequeños y medianos comerciantes, sin tomar en cuenta el sector económico que desarrolla, el lugar en donde lo ejerce y los gastos cambiantes que poseen.
“El legislador no se tomó la molestia de considerar las individualidades y particularidades de toda Venezuela”.
Polémica ley
Pablo Espinal, abogado y exfiscal del Ministerio Público, disertó sobre los diferentes delitos y comportamientos que la ley describe como circunstancias delictivas.
“Con esta ley se están sancionando delitos que ya existían como el acaparamiento, el boicot, la usura, la especulación, sólo que desde la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario se han venido incrementando las penas, con castigos más fuertes”.
Las multas son cada vez más elevadas, al igual que el tiempo de duración de las penas en cárcel.
“En la anterior ley se establecían multas desde 100 a mil salarios mínimos mientras que en esta nueva normativa se colocan de mil a 50 UT. Una empresa o un negocio que tenga una multa como esta de más de 5 millones de bolívares fuertes, podrá representar un cierre técnico”.
Se incrementan el número de delitos de 10 a 12, agregándose la corrupción entre particulares y los condicionamientos, esta última sumamente subjetiva.
“Quien imponga condiciones a la hora de vender un bien o un servicio podrá ser sancionado, sin definir que tipo de condición. Es algo absurdo, porque en toda venta y contrato debe existir condiciones, se deja abierto para que cualquier órgano pueda establecer sanción”.
De igual forma, comentó las irregularidades existentes entre el proceso administrativo y penal.
“Pareciera que el que aplica esas sanciones de multa es el órgano administrativo o es parte de una sanción penal de manera accesoria. El empresario o comerciante va preso y lleva multa. Pero quien debería aplicar la sanción penal es el juez. Hay una laguna que se debe debatir”.
Durante este encuentro, los profesionales de diferentes áreas del derecho pudieron dar a conocer las diferentes interpretaciones de la ley, en base a su experiencia y práctica laboral.
“Es una ley que tiene muchas aristas y lagunas, que ha sido tratada muy informalmente en la redacción porque contiene disposiciones que no poseen la explicación correspondiente”.