Este viernes se publicó la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.122, donde quedan plasmadas las reformas a las providencias administrativas para los trámites en la obtención de divisas destinadas a remesas familiares, la adquisición de divisas para las empresas de transporte aéreo y aquellas destinadas al pago de consumos en el exterior.
Según señala la Providencia 123 de Cadivi, las remesas corresponderán a personas naturales residenciadas permanentemente en territorio nacional y para poder hacer uso de ellas tienen que presentarse documentos originales y copia ante el operador cambiario.
También deberán presentarse documentos en el extranjero ante la delegación consular y la autorización de adquisición de divisas seria nominal e intransferible y con una validez por 180 días.
Para hacer el trámite, se tendrá que estar inscrito en el Registro (Rusad) y los usuarios deberán realizar una declaración jurada al cierre de la solicitud.
Quienes incumplan las obligaciones, no podrán volver a hacer tramites conforme a esta Providencia.