De acuerdo a las providencias en el área económica divulgadas este viernes en Gaceta Oficial 6.1222, el monto máximo al cual podrá acceder una persona anualmente serán $3000 entre los cupos: Electrónico, viajero y efectivo.
Así se establece en el artículo 2 que reza: » La Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) podrá autorizar hasta un monto máximo de tres mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 3.000) o su equivalente en otras divisas por año, es decir, en el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre, a cada usuario. De dicho monto serán descontados los montos autorizados conforme a cada solicitud, bien sea: autorización para realizar pagos en divisas con tarjeta de crédito en el extranjero con ocasión de viaje al exterior; autorización para realizar pagos de consumo de bienes y servicios efectuados con tarjetas de crédito mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores en el extranjero desde la República Bolivariana de Venezuela y autorización de adquisición de divisas en efectivo, bajo los parámetros y con las limitaciones de cada modalidad».
También de acuerdo a los artículos 19, 25 y 29 que rigen en el pago con tarjeta de crédito en el exterior, los consumos de bienes y servicios mediante comercio electrónico y obtención de divisas en efectivo respectivamente, se podrá acceder a estos bloques y serán deducibles del límite anual.
Esto marca un cambio con el antiguo sistema que manejaba Cadivi, donde las personas podían acceder a un monto máximo de $2500, más los $500 en efectivo y $400 para Internet, sin detrimento de la cantidad superior, como ahora se establece.