(Ayudamemoria para dirigentes magisteriales)
Según noticias provenientes de los sindicatos del magisterio, en los próximos días se reanudarán conversaciones con respecto a la contratación colectiva de los educadores dependientes de la Gobernación del estado Zulia. Si tal sonido es cierto, lo importante es que ninguna petición sea pospuesta para resolver en conversaciones posteriores. Y menos aquellos que, generalmente, tienen que ver con el salario integral de los docentes.
Para nadie es un secreto que en los últimos años ha sido una constante eso de “correr la arruga” de algunos conceptos salariales. Uno de éstos ha sido la homologación del monto de las jubilaciones, las cuales se han degradado sustancialmente desde el punto de vista económico. Los representantes patronales, apegados a los intereses que les corresponde defender, se apoyan hasta de una coma (,) que sobre, falte o esté mal colocada en el texto legal o reglamentario respectivo, para negarle derechos adquiridos a los trabajadores de la enseñanza.
En cuanto a las relaciones obreropatronales, por ausencia o retardo de planteamientos en defensa del salario integral de los educadores, aquéllos, por razones que ignoramos, casi siempre, en el caso específico de las homologaciones salariales que corresponden al personal jubilado, favorecen a la parte patronal. Esta situación ha perjudicado tanto al educador jubilado –un ejemplo entre muchos–, que hay docentes que, si tuvieran que pagarle su homologación retroactivamente, su beneficio sería millonario. Es el caso del trabajador de la enseñanza que fue jubilado como Supervisor III y hoy le pagan con sueldo de auxiliar de aula (preescolar, educación especial u otro), por citar sólo un ejemplo.
Es necesario que el dirigente sindical entienda lo siguiente: aumento de salario significa incrementar el sueldo (o jubilación) según el porcentaje acordado. La homologación es equipararlo, después del aumento salarial, a la categoría que le corresponda.
Aumentos y homologaciones salariales
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