En la Gaceta Oficial número 40.305 se oficializó el régimen de protección de arrendamientos de inmuebles anunciado el cadena nacional el pasado viernes en el cual regulan los precios de arrendamientos a locales comerciales.
Dicha publicación cita que “los cánones de arrendamiento de inmuebles constituidos por locales o establecimientos en edificaciones, viviendas u oficinas, edificaciones con fines turísticos, de uso educacional y/o asistencial, centros comerciales y galpones, no podrán exceder de Bs. 250, 00 el metro cuadrado”.
Además, señala que no podrá exceder del 25% el condominio correspondiente mensual y dejando suspendidas las siguientes cláusulas: Cánones de arrendamiento en moneda extranjera, ajuste periódicos de canon de arrendamiento durante la vigencia del contrato, multas al arrendador por la no apertura del local, por la apertura fuera del horario o cierre anticipado, y las imposiciones por el arreglo de fachadas y vitrinas.
Queda prohibido la aplicación de medidas cautelares de secuestro de bienes comerciales o inmuebles vinculados con la relación del arrendatario.
El decreto presidencial número 602 refiere que la medida se ejecuta hasta tanto se dicte un «régimen definitivo, justo y equitativo» a través de un decreto de Rango, Valor y Fuerza, en el marco de la Habilitante.