Dr. Guillermo Cadena: Presos pueden recibir ayuda gratuita para recobrar su libertad

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El Dr. Guillermo Pastor Cadena Ríos, quien es representante en Venezuela de la Internacional Federation of Chaplains and Human Rights (cuya traducción puede ser Federación de Pastores por los Derechos Humanos), informó sobre las actividades que se han venido cumpliendo en todo el país, para que presos, que tienen años pagando prisión a consecuencia del retardo procesal, puedan recobrar su libertad.

-¿Cómo se cumple dicha actividad?

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-Es absolutamente gratuita.

-¿Cómo hacen?

-Servimos a través de pastores evangélicos que se comunican con los presos, conocen de sus casos y, luego, ofrecen la ayuda que puede ofrecer nuestra federación, que es una misión mundial.

-Pero, ¿cuándo se cumple esa labor?

-Los pastores van a los penales. Cuando el preso está interesado se le entrega un formato. Ellos llenan todos los datos. Ejemplo, colocan sus nombres y apellidos, luego de lo cual manifiestan que solicitan copias de las actas procesales y por estar privados de libertad autorizan a una persona para que se ocupe de llevar a cabo ese trámite.

-¿Qué tipo de persona?

-Puede ser su padre, madre, hermano, esposa o en ese mismo tipo de parentesco, a un tío. Esta persona, previo acuerdo con el juez, puede retirar las copias.

-¿Qué sucede después?

-Una vez consignados esos documentos, son llevados al penal, donde les colocan los sellos. Certifican que las huellas y las firmas corresponden al preso.

-¿Y cómo continúa el proceso?

-Es entonces cuando nosotros contactamos al familiar o los familiares, quienes introducen la solicitud que hace el preso al tribunal penal y este organismo devuelve la copia, lo que nos permite a nosotros conseguir el expediente.

-¿Qué hacer con el expediente?

-Nosotros hacemos un informe totalmente gratuito y decimos qué es lo que está pasando en el caso. Esto quiere decir que determinamos si hay violaciones al debido proceso, si es conveniente que el preso admita los hechos de que es acusado y la acusación fiscal es buena, si hay suficiencia probatoria o de repente, no hay suficiencia probatoria de la acusación fiscal y lo mejor es que se vaya a juicio, porque la sentencia debe ser absolutoria.

-¿Nos podría dar un ejemplo de su gestión?

-Si algún interno me dice que tiene dos años de cárcel y está condenado a 20 le digo lo que puede hacer. Todo esto, como ya dije, es gratuito. Por supuesto, actuamos cuando el preso es asistido por un defensor público, porque muchos no cumplen bien su función y es por eso que se produce el retardo procesal.

 

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