“Una gran cantidad de denuncias por la presentación de reposos supuestamente emitidos por centros de salud públicos, incluso por hospitales del Instituto Venezolano del Seguro Social, han realizado últimamente los patronos. Es conocido por muchos trabajadores que esos reposos pueden ser comprados en estacionamientos del Seguro Social a sumas muy módicas, que van de 30 a 60 bolívares”.
Así lo ha hecho saber Domingo Salgado, abogado laboral quien indica que con los mismos logran justificar sus faltas a la empresa.
“Esto por supuesto ha generado una situación de anarquía o libertinaje por parte de un grupo de trabajadores, en cuanto a que la sanción mas fuerte que puede imponer un empleador, que es el despido, se hace difícil de alcanzar”.
Añade el ex juez laboral que el decreto de inmovilidad laboral, que lleva más de 12 años vigente, ha influido en el ausentismo laboral que actualmente se registra.
“Si bien es cierto que un trabajador puede ser despedido, para ello debe pasar previamente por un procedimiento administrativo en la Inspectoría del Trabajo, el cual ha colapsado las inspectoría del país generando un retraso en la capacidad de respuesta. Por lo tanto para llevar a término un proceso de despido pueden pasar hasta dos años, tiempo en el que la persona sigue siendo trabajador de la empresa, devengando un sueldo y gozando de los beneficios, situación que ha llevado a algunos a valerse de la misma y faltar a las obligaciones que le impone la relación de trabajo”.
Explica que la Ley Orgánica del Trabajo aprobada el año pasado, consagra en su título de Estabilidad Laboral que sí se permite despedir a un trabajador y posteriormente probar la falta en la que incurrió, en los tribunales de la República.
“Situación que haría mucho más expedito el proceso porque además en este país si hay algo que resaltar es el funcionamiento de los tribunales del trabajo, los cuales cuentan con recursos tecnológicos y profesionales de primera categoría. Teniendo una ley que remite a los tribunales del trabajo el manejo de la estabilidad laboral, no tiene sentido que sigamos con un decreto de inamovilidad que obliga los procedimientos de despido se haga nada más a través de las inspectoría, colapsándolas e impidiéndoles cumplir con su verdadera función, que es inspeccionar los centros de trabajo para que se de pleno cumpliendo a las condiciones de trabajo que garantiza la Ley”.
Resalta Salgado que las únicas inamovilidades especiales que contempla la Ley, son las que se refieren a los lapsos por maternidad y paternidad tras el nacimiento de un niño, y el fuero especial con el que cuentan los dirigentes sindicales.
Para poder desincorporar de la nómina a un trabajador, el único mecanismo que le queda al patrono es la negociación.
“Pero esto ha llegado a convertirse en vulgares casos de extorsión, donde algunos trabajadores sabiendo que han incurrido en las faltas que señala la Ley como causa justificada de despido piden cuantiosas sumas de dinero para poder dar por termina la relación laboral”.
Esto ha llevado que el trabajadores que incumplen con sus deberes sean liquidados con sumas de dinero mucho mayores a las que puede obtener un trabajador que ha dado pleno cumplimiento a sus obligaciones y que en determinado momento quiere dar por terminada su relación de trabajo”.