Es obvio que los patronos de empresas privadas e instituciones del Estado, por sí solos representan un poder invencible junto a los trabajadores en general. Aquellos disponen de la fuerza política, económica y, en el caso específico de los entes públicos, pueden hacer uso de potentes armas para someter al personal que haga reclamaciones con respecto a sus condiciones laborales y salariales.
Sin embargo, la democracia les proporciona a los trabajadores la posibilidad de hacerse más poderosos que sus patronos. Se trata de una estructura social que agrupa a los asalariados, a los efectos de la defensa de sus intereses. Dicha estructura recibe el nombre de sindicato. Empero hay que tener presente, al momento de constituir un sindicato, los factores que convierten a la organización sindical en un instrumento de poder.
Ya hemos hablado, en los cuatro artículos anteriores de algunos de ellos. Entre otros de la militancia sindical, la unidad y la solidaridad del movimiento sindical en general, como herramientas para garantizar gestiones exitosas. Hoy corresponde referirnos al pegamento más idóneo con respecto a las diferentes variables internas de un sindicato: el pluralismo sindical.
Se le da el nombre de pluralismo sindical al hecho concreto de que en un mismo sindicato, de la manera más unida y solidaria, convivan todas las corrientes sindicales que se muevan en el ámbito laboral respectivo.
De este modo se evita que el patrono pueda dividir a los asalariados, puesto que éstos jamás se prestarán a la constitución de sindicatos paralelos.
También se descarta la posibilidad, cierta, diríamos nosotros, de que cada partido político convierta sus fracciones de asalariados en sindicatos “sin pluralismo”, lo cual coloca a los trabajadores a merced de los patronos. En Venezuela, actualmente, sobran estos perversos ejemplos.
Pluralismo es poder (y V)
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