Los decretos no han salvado del olvido al patrimonio larense

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Una casa antigua puede ser un objeto patrimonial. Pero también no serlo. De igual manera, una edificación de fecha reciente puede por méritos propios ganarse el título de patrimonio y el derecho a recibir protección y cuidado de la sociedad y los entes responsables de velar por la memoria colectiva.

Cuando se decreta el valor de un objeto, una edificación, una tradición o incluso personas, la mayor virtud agregada no radica en la suma de años que atesore. De hecho, en ciudades como Puerto Ordaz, de reciente fundación en comparación con otras urbes venezolanas, una casa de 50 años puede tener valor y admitir la categoría de patrimonio. El decreto que ampararía una declaratoria de este tipo, parte de una serie de estudios y decisiones tomadas por el Instituto de Patrimonio Cultural, el cual depende del Ministerio del Poder Popular para la Cultura (IPC).
¿Cuáles elementos toman en cuenta?
Américo Cortéz, director del Instituto de Patrimonio Cultural, IPC para Lara, lo resume en una frase: las “peticiones del pueblo y el valor histórico de estos en sociedad”.
En 2004, el Instituto se encargó de hacer una convocatoria a ciudadanos para cumplir con el Censo Nacional 2004-2006, del cual luego fue publicado un catálogo por municipios del patrimonio cultural venezolano, al cual pocas personas tuvieron acceso en físico y sólo algunas han tenido la dicha de apreciarlo en formato digital en el portal del IPC.
Más de 600 patrimonios, divididos en los renglones Objeto, Lo Construido, Creación Individual, Tradición Oral y Manifestaciones colectivas, fueron decretados sólo en el municipio Iribarren, una cifra que se vuelve compleja si de atención y resguardo se trata.
Todo esto multiplicado por 366, que fue el número de catálogos diseñados, cumpliendo con la petición de los pobladores, previo estudio del IPC en toda Venezuela.
¿Qué ocurre con estos objetos, personas y tradiciones patrimoniales?
Se escuchó en ese momento la voz de los ciudadanos, pero, ahora, ¿quién y cuál organismo vela por este patrimonio? ¿IPC se da abasto para tan amplio universo?, ¿Hasta qué punto queda a criterio popular la denominación de un patrimonio cultural?, ¿qué lo hace patrimonio y qué no?
Si bien la identificación y pertenencia con la colectividad es importante, existe un delgado hilo entre el concepto virtuoso del mismo y la tergiversación histórica y antiquísima de las cosas, que a criterio de algunos ciudadanos ha hecho que el mismo se desvirtúe e instituciones de valor histórico o personajes de la cultura, cuya historia merece respecto, no hayan sido atendidos como merecen.

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El valor de un decreto

El desconocimiento de “nuestro patrimonio cultural” es lamentable. Pocas personas conocen que el Cementerio Bella Vista, ubicado en la carrera 24 con calle 42 y avenida Pedro León Torres, de administración pública, es un Patrimonio Cultural, entonces ¿cuál fue la utilidad de decretar objetos, tradiciones y personas?
Con la intención de dar figura y protección al patrimonio cultural de Venezuela, en el Palacio Federal Legislativo, en Caracas, el 15 de agosto de 1993, con firma de Ramón J. Velásquez; fue aprobada la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, que en su artículo 1º , explica claramente que la misma “tiene por objeto establecer los principios que han de regir la defensa del Patrimonio Cultural de la República, comprendiendo ésta su investigación, rescate, preservación, conservación, restauración, revitalización, revalorización, mantenimiento, incremento, exhibición, custodia, vigilancia, identificación y todo cuanto requiera su protección cultural, material y espiritual”.
Entonces es allí donde están las respuestas a tantas preguntas, las responsabilidades y protocolos que deben ser asumidos por instituciones tanto públicas como privadas. Si este se cumple o no se puede apreciar en las calles.
En cumplimiento del artículo 178 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 24, 26, 27, 28, 29, 30, 35, 36, 41 y 43 de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, la autoridad municipal establecerá las medidas necesarias para la protección y permanencia de los bienes contenidos en el catálogo, notificando al Instituto del Patrimonio Cultural sobre ellas.
Pero por la situación de deterioro de patrimonios como Camino Real de Tierra Negra, cementerio Santa Rosa y Casa de la Cultura Ramón Humberto Loyo pareciera que tales medidas no se cumplen.

Artículo 5º Corresponderá oficialmente al Instituto del Patrimonio Cultural todo cuanto atañe a la defensa del Patrimonio Cultural aquí prevista, con las excepciones que esta Ley establezca.
Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural

Américo Cortéz y la preservación del patrimonio “Los ciudadanos deben participar”

Para Américo Cortéz, director del Instituto Patrimonio de la Cultura (IPC) por el Gabinete de la Cultura para el estado Lara, rescatar el Patrimonio Cultural de un estado es un arduo trabajo en el que deben participar todos los ciudadanos. Señala que sólo se limitan a hacer seguimiento y asesorar restauraciones en caso de deterioro, ¿pero esto es suficiente cuidar el patrimonio larense?.

Artículo 8º : El Instituto del Patrimonio Cultural tiene por objeto la identificación, preservación, rehabilitación, defensa, salvaguarda y consolidación de las obras, conjuntos y lugares a que se refieren los artículos 2º y 6º de esta Ley. En el cumplimiento de su objeto, el Instituto establecerá la coordinación necesaria con los estados y municipios de acuerdo con lo establecido por la Ley de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público.
Ley y Defensa del Patrimonio Cultural

Al consultar si existe una partida o presupuesto anual asignado para Lara con el cual se pueda rescatar parte del patrimonio y trabajar para su cuidado, el representante del IPC contestó: “El IPC es un ente centralizado en Caracas. Rescatar el casco colonial de Coro, fue un gran trabajo, no eran una o dos casas, sino una zona entera, arquitecturas cuyo presupuesto de restauración no podía asumir el Estado, por lo cual la Unesco asignó recursos para dicha restauración”.
Cortéz asegura que el Estado venezolano no cuenta con los fondos necesarios para asumir la adquisición y responsabilidad de espacios patrimoniales de administración privada, por lo cual, en algunos casos, son destruidos o se pierden en el tiempo, como ocurrió con La Casa de las Muñecas situada en Barquisimeto.
En el caso de patrimonios de administración privada, el IPC conversa con los dueños del inmueble y les explica cómo deben cuidarlo y restaurarlo sin dañarlo.
“Se sienten en la obligación de cuidarlo, porque en el caso de patrimonios arquitectónicos esas ventas pasan por los registros públicos que tienen que comunicar al IPC sobre el trámite”. Esto con el fin de que el ente encargado se reúna con las personas que están comprando e informe del valor cultural del sitio.

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Descuido de la administración pública

Respecto a instituciones públicas en abandono, señala que estructuras como el Cementerio Bella Vista son responsabilidad no sólo del gobierno de turno, sino también de la ciudadanía.
“El IPC al ser decretado como gestor del catálogo del patrimonio tiene mucho que ver con esta realidad. Los planes conjuntos entre alcaldía, gobernaciones y Estado nacional, deben ser en acuerdo, no de manera particular y sin especialización”. Allí reside la sorpresa de cultores y ciudadanos que ven con preocupación la pérdida de un espacio que fue decretado como tal por la existencia de panteones de héroes civiles y militares del estado Lara.
Situación similar ocurre en el casco histórico de la Ciudad, también decretado patrimonio por su valor histórico. Numerosas casas ubicadas dentro de esta cuadrícula se encuentran en deterioro; otras están azotadas con la plaga del comején y lo alarmante del caso es que lo mismo ocurre en edificaciones de administración pública y privada.
“Hay una responsabilidad de quienes tienen el resguardo y cuido directo. Pero eso no es algo nuevo, hasta los propios patrimonios familiares, de muchos años de vida, se pierden, porque no se entiende su importancia, no se asume que se debe cuidar, proteger y presevar”.
Cortéz asegura que la solución no es actuar bajo la coacción de una ley que obligue a cuidar un patrimonio, sino la convicción de que es un patrimonio y cada ciudadano tiene deberes en ese sentido. Es una corresponsabilidad.
“El IPC lamentablemente no puede tener un policía en cada esquina donde haya un patrimonio. Depende y cuenta con que la gente pueda colaborar, instituciones y cultores que denuncien a tiempo para hacer las investigaciones correspondientes”.
Pero existe una limitante ciudadana. El pueblo no conoce sus patrimonios culturales. Hay poca promoción al respecto y resulta imposible saber si un espacio es patrimonio o no del municipio. El término ha sido casi desvirtuado, al punto de llamar “patrimonio” a algún objeto o instancia, bajo el juicio de sólo algunos o para llamar elegantemente algo o alguien.
Es de mencionar que en 2012 a través de este medio y en reiteradas ocasiones se denunció el estado crítico de la Casa Eustoquio Gómez, a causa del comején y el no cumplimiento de los protocolos de cuidado. Pero el titular de Lara afirma que estos trabajos, de amplio despliegue, no fueron de su conocimiento. El problema continúa en numerosos Patrimonios Culturales del municipio y del estado.

Responsabilidad ciudadana

Cortéz señala que la responsabilidad es de todos, de allí la importancia de que el ciudadano participe en el censo. Explica que cuando la persona vea un patrimonio en riesgo, está en el deber de denunciar ante la oficina de cultura de la municipalidad, que el caso de Iribarren debería ser el Instituto Municipal de la Cultura (IMC), o ante el mismo IPC.
Cada alcaldía debe tener una dirección o coordinación de cultura que vele porque se respete la ley y acojan los casos de pérdida de patrimonio, que divulgue la información y promueva el resguardo de los mismos.
La falta de respuesta ciudadana puede deberse al desconocimiento sobre patrimonio cultural.
Al no haber voluntad al respecto pareciera ser la vía legal la única solución, un medio para así generar conciencia colectiva.

Nuevo registro nacional

“Pensando en la preservación rescate y continuidad del Patrimonio Cultural de Venezuela, no sólo realizamos esfuerzo en la reconstrucción física en los estados. También realizamos la investigación para un gran catálogo nacional, un nuevo registro nacional que se elabora por Internet, a través de la consulta pública a los cultores”.
Explica que si un monumento se suma al catálogo no es únicamente para que pase al resguardo del IPC, sino para que asuman la responsabilidad de cuidado el municipio y el estado, que se debe cuidar como si fuese un patrimonio personal, tal y como si se tratara del patrimonio económico de una empresa o una familia.
Respecto a la divulgación de los patrimonios Cortéz señala que el IPC trabaja en ello. Sin embargo, parecieran esfuerzos insuficientes para la generación de una conciencia colectiva. “Todos los catálogos deben estar en las bibliotecas públicas de cada municipio, si no se los han llevado”, comenta el delegado asignado por el gabinete para el estado Lara.
Pareciera justo preguntarse si esta estrategia y limitado material resultan suficientes para que 1.774.867 larenses conozcan sus más de 600 patrimonios culturales, según censo cultural 2004-2006.
“Si eso no está allí lo lamentamos, pero volver a colocar esos catálogos en bibliotecas públicas es un poco difícil, porque están agotados y es costoso”.

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El deber de vigilar

Artículo 10: IPC deberá prestar la asistencia técnica necesaria a aquellas instituciones públicas o privadas, civiles o eclesiásticas, nacionales o extranjeras, a los fines de lograr lo establecido en el artículo 2º de esta Ley.

Ley y Defensa del Patrimonio CulturalEl IPC vela porque quienes estén administrando esos patrimonios los cuiden y en caso de que el propio dueño del patrimonio se percate de que el mismo está en situación de deterioro, debe informar al IPC, que se apersonará al lugar a fin de hacer un manejo logístico. Indicarán de qué manera deben actuar y quiénes están certificados para dichas obras.La Ley establece penalidades y multas a quienes son responsables de un patrimonio cultural. Castiga por el mal manejo, deterioro y abandono del patrimonio.

Sin embargo, Cortéz atribuye la situación que vive el Patrimonio Cultural del estado a la consciencia colectiva. Asegura que el patrimonio como valor e identidad cultural no es apreciado y cuidado como se debe. “No debe ser cuidado por la coacción de una ley, sino por la importancia que tiene para la ciudadanía”.
Las sanciones al incumpliendo de la ley están establecidas en los artículos 44, 45, 46 , 47 y 48.

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