Seniat desmintió intervención de operaciones courier

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El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a través de una nota de prensa, hizo del conocimiento de los usuarios de las empresas operadoras de mensajería internacional  (courier) y público en general, que en ningún momento se ha interferido con las operaciones de estas empresas que, de acuerdo con la normativa aduanera vigente, fungen como auxiliares de la Administración Aduanera.

El Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, hizo esta aclaratoria a propósito de las quejas de los usuarios finales de estas empresas, las cuales hacen responsable al SENIAT de los atrasos en la entrega de la mercancía que es manejada por ellas.

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En este sentido, el SENIAT reitera que, en ningún momento se han prestado, ni se prestará para entorpecer, retrasar o retardar las normales operaciones de tráfico comercial vinculado con este tipo de operaciones. Sin embargo, la máxima autoridad del organismo aduanero y tributario indicó que ello tampoco se traducirá en la laxitud de la normativa aduanera vigente, que es constantemente monitoreada por los fiscales del SENIAT.

En este sentido, recalcó Cabello Rondón que aquellas empresas que presten este servicio deben estar al día con los trámites y demás requisitos que exige el SENIAT, como garante de las operaciones de recepción y envío de documentos y mercancías internacionales, por lo que, ante cualquier irregularidad en dichos requisitos, acarreará las sanciones a las que hubiere lugar, bien sea multas o, inclusive, el cese de operaciones.

Asimismo, las empresas courier serán responsables de todas las obligaciones derivadas de su carácter como auxiliar de la Administración Aduanera; pagar todos los gravámenes y tributos internos aplicables; recibir directamente de su representante las valijas; destinar directamente a los depósitos habilitados los documentos o encomiendas precintados en vehículos cerrados; preservar la inviolabilidad de la correspondencia en los envíos; dar cumplimiento a la Convención de Viena en materia de relaciones diplomáticas; velar por que las valijas sean recibidas debidamente cerradas de origen para la correspondiente intervención aduanera. Asimismo, el costo de la habilitación del servicio aduanero fuera de horas y días hábiles, será por solicitud y cuenta de la empresa courier.

Finalmente, se les recuerda a los usuarios de las empresas operadoras de mensajería internacional, que las mismas deben contar con la siguiente documentación para que puedan operar con normalidad:

– Acta constitutiva y modificaciones

– Estados financieros del último año

– Última declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR)

– Habilitación otorgada por el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (Ipostel)

– RIF y constancia de domicilio

– Información sobre la estructura organizativa y personal calificado.

– Solicitud de clave de acceso al Sistema Aduanero Automatizado (Sidunea) y constancia de aprobación del curso.

Es por ello que el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, hace un llamado a los usuarios del servicio de courier, para que estén atentos a este tipo de conducta sospechosa, e informar al SENIAT ante cualquier irregularidad que pudiera suscitarse con sus envíos o recepción de mercancías. Recordó que los usuarios pueden hacer sus denuncias a través de la línea 08000-SENIAT (08000-736428), o ir directamente a la aduana de su jurisdicción, en el Área de Asistencia al Contribuyente.

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