Como un acto “írrito y arbitrario que violentó el sistema de competencias en materia electoral”, el equipo legal que representa a Henrique Capriles introdujo una recusación en contra de los siete magistrados que conforman la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, respecto a la decisión tomada el 27 de junio de avocarse a todos los recursos interpuestos con el fin de impugnar el proceso electoral presidencial realizado el pasado 14 de abril.
En sendos escritos introducidos ante el órgano de justicia, los abogados de Capriles, Gerardo Fernández y Ramón José Medina, consideran que la instancia constitucional no tenía facultades para apoderarse de las causas que reposaban en la Sala Electoral, puesto que “no hay consideración alguna sobre el orden constitucional que habría sido violado”, tal como los mismos magistrados reconocen que es requisito para utilizar la facultad excepcional que posee para hacerse del conocimiento de algunos casos. Del mismo modo, los juristas señalan que la única razón que dan para sentenciar es que al cuestionarse “la transparencia de un proceso comicial de la mayor envergadura, como el destinado a la elección del máximo representante del Poder Ejecutivo”, la sala debía avocarse.
Sin embargo, de acuerdo a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y de conformidad con la Carta Magna, “la Sala Electoral es el único competente para conocer los recursos contencioso – electorales contra la elección del Presidente de la República, recursos que siempre cuestionarán la transparencia de ese proceso electoral”, afirman Fernández y Medina, para quienes los magistrados de la instancia encargada de interpretar la Constitución quieren “asumir el control total” de los juicios de impugnación del proceso comicial de abril.
De igual manera, los representantes legales señalan que la petición realizada al Consejo Nacional Electoral de los resultados de la auditoría regular y ampliada de la verificación ciudadana “no pueden ser tomados en cuenta para admitir o no los recursos interpuestos ante el TSJ, ni tampoco para declarar improcedentes los juicios” porque violaría el derecho a la defensa y al debido proceso.
Recusación total e individual
El equipo jurídico de Capriles también introdujo la recusación general de los siete magistrados de la Sala Constitucional e individual contra cuatro de sus miembros: Gladys Gutiérrez, Francisco Carrasquero, Luisa Estella Morales Lamuño y Juan José Mendoza, debido a la presunción que se tiene sobre su poca parcialidad al momento de decidir cualquier recurso electoral.
Advierten los juristas que las sentencias de la Sala Constitucional del pasado 9 de enero, que permitió la continuidad administrativa del gobierno sin haber tomado posesión del cargo, más la emitida el 9 de marzo, que permitió que Nicolás Maduro se postulara a la Presidencia de la República, sin abandonar el cargo de Vicepresidente como lo estipula el artículo 229 de la Carta Magna, constituyen “un manifiesto de opinión y adelantado criterio sobre un asunto principal”, como lo es la cuestionabilidad de las decisiones emitidas por los magistrados que conformarían hechos de “corrupción electoral”.
En cuanto a las individualidades, se señala que la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Gladys Gutiérrez, no puede ser tomada como juez imparcial en el caso por su trayectoria como militante del Movimiento Quinta República , Procuradora General de la República y funcionaria del servicio exterior durante la gestión de Nicolás Maduro como ministro, mismo caso que le aplica a su colega Juan José Mendoza, quien fue diputado del Partido Socialista Unido de Venezuela, uno de los actores principales de este proceso.
Del mismo modo, los magistrados Carrasquero y Morales, son recusados por haber sido presidente del Consejo Nacional Electoral el primero y, la segunda, por haber adelantado opinión al decir que la solicitud de una auditoría integral del proceso que realizara Capriles en su momento, “era una pretensión imposible”.
El equipo jurídico de la Unidad espera que, con estos documentos, se conforme una Sala Constitucional accidental que se dedique a resolver, de manera imparcial, todos los recursos de impugnación de las elecciones del 14 de abril, cuyo estrecho resultado dejó muchas dudas en cuanto a la legitimidad de Nicolás Maduro en el ejercicio de la jefatura del Estado venezolano.
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