Poder popular y mayorías

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No todo a lo que se adjetive de poder popular y de mayorías soberanas es democracia. Así quedó como conclusión del fallo de inconstitucionalidad que dictó la Corte Suprema de Justicia de Argentina sobre una ley promovida por Cristina Kirchner para que los jueces fueran elegidos por voto popular.

Rompiendo con las intenciones políticas del gobierno de reformar y
«democratizar a la justicia», la Corte fue tajante al sentenciar que la democracia exige un Poder Judicial independiente, educando que la
Constitución es un documento que no da derechos al gobierno, sino que le impone deberes, que busca «equilibrar el poder, para limitarlo».

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El fallo explica que la pretendida elección popular de los miembros del Consejo de la Magistratura, el órgano que selecciona y destituye jueces – instaurado hace décadas para despolitizar el proceso de elección de jueces – implicaría que los jueces comprometerían sus valores extraordinarios, imparcialidad, independencia y apariencia de neutralidad, al tener que someterse a campañas electorales y competir en luchas partidarias.

La relevancia de la sentencia trasciende a la clase política argentina. Se impone como enseñanza para otros gobiernos populistas latinoamericanos que,bajo la excusa de la «democratización» y de la voluntad de las mayorías, han sometido y dominado a los poderes judiciales. En Bolivia, Ecuador, Nicaragua
y Venezuela los mismos procesos apuntaron a reformar a la justicia no para hacerla menos corrupta y corporativista o más rápida y eficiente como argumentaron, sino para someterla y convertirla en aliada política.

Es fácil advertir como en estos países, donde existe esa comodidad
conveniente entre los poderes del Estado y donde muchas veces las mayorías son alcanzadas mediante un clientelismo que no escatima en subsidiar y comprar votos en las urnas o entre los curules de parlamentarios, las democracias son débiles e imperfectas.

El fallo de la Corte Suprema infiere, además, que la fuerza de las mayorías y el voto popular, así como también pueden ser las concentraciones masivas o las protestas legítimas de la ciudadanía, no son absolutas en unademocracia. El sistema de participación e inclusión política, por elcontrario, requiere de garantías y de un respeto inconmensurable para las minorías y las instituciones, las que no pueden ignorarse por la sola fuerzade las mayorías.

«No es posible que bajo la invocación de la defensa de la voluntad popular pueda propugnarse el desconocimiento del orden jurídico, puesto que nada contraria más los intereses del pueblo que la propia trasgresión constitucional», sentenció la Corte. Especificó que la ley aprobada por la mayoría kirchnerista viola el artículo 114 de la Constitución, referente al equilibrio que el Consejo de la Magistratura debe tener entre sus 13 representantes, legisladores, jueces, abogados y académicos.

En una situación normal, este fallo sentaría un precedente extraordinario ante los avances del gobierno. Sin embargo, en la Argentina actual, nadie duda que el gobierno, mientras maneje las mayorías electorales y parlamentarias, perseverará en su arrogancia para alcanzar sus fines. Se trata de un estilo muy similar al utilizado por Hugo Chávez y Rafael Correa cuando emprendieron sus luchas contra la justicia, la prensa independiente y a favor de la eternización en el poder, sobre la base de decretos, leyes, referendos populares y reformas constitucionales.

Tal vez, la única ventana que dejó la Corte – «los poderes son limitados; si se quiere modificar eso, hay que modificar la Constitución» – sea el camino que buscará el gobierno para que el sometimiento de la justicia a los designios de las mayorías políticas y populares, tenga apariencias de legalidad.

El kirchnerismo ya formó el avispero y se espera el contrataque. Los
funcionarios atacan a la justicia por actuar de «espaldas al pueblo» y Cristina defiende ahora el debate público sobre el tema, actitud que no tuvo antes de que se aprobara la ley entre gallos y medianoche, cuando la oposición, académicos y organizaciones de la sociedad civil lo exigían.

El fallo judicial estableció los límites del gobierno. Infirió que el halago constante de las mayorías, del voto popular, a expensas de la independencia de poderes, no construye democracia. [email protected]

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