El recién sancionado reglamento parcial que estipula las horas que componen la jornada laboral, además de los tiempos extraordinarios de trabajo, “es un contrasentido para un país con la crisis económica y la falta de producción como el nuestro”, indicó León Arismendi, especialista en derecho laboral.
A través de una entrevista telefónica realizada al abogado, explicó los aspectos que tendrán que ser estudiados una vez puesto en práctica las disposiciones legales del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras.
Para Arismendi, el primer problema que se presentó con el nuevo reglamento, tiene que ver con su reciente publicación en Gaceta Oficial.
El especialista considera que, dicha publicación, tuvo que haberse hecho con mayor antelación, lo cual, a su juicio, hubiese permitido la adecuación por parte de las empresas. “Hubo mucha lentitud en las normas complementarias de esta ley con un tema tan complejo como las jornadas de trabajo”, señaló.
Además, León Arismendi, expuso que los objetivos planteados para la realización de esta ley fueron “un mayor tiempo para que el trabajador disfrutara con su familia, además de incrementar la capacidad de las empresas en la nómina de trabajo”.
En este sentido, el especialista considera que, si no se está realizando ahora, el Gobierno Nacional deberá entregar un informe dentro de 4 ó 5 meses en donde se presenten las conclusiones acerca de los objetivos propuestos de la ley.
“Si a la vuelta de 4 meses, se produce un incremento de horas extraordinarias (horas extras) trabajadas por el personal de la empresa, sólo indicaría que existe el mismo personal, tratando de ganar más”, dijo el abogado, sobre los dos objetivos planteados en la norma, “reducir la jornada laboral y mantener sueldos menguados, es una tentación para que el trabajador haga una actividad alternativa”, explicó.
Para el abogado laboral, los países que han llevado a cabo una reducción de la jornada semanal de trabajo, son aquellos donde el aumento de productividad está asociado con los avances tecnológicos, factor que permite mantener los índices de producción a pesar de dicha reducción. Sin embargo, Arismendi desestima que este sea el caso venezolano, “donde casi la totalidad de los insumos que consumimos proceden del exterior”, enfatizó.
Sobre la inamovilidad laboral que se mantiene bajo decreto, pese a la estabilidad absoluta tipificada en las disposiciones generales de la ley, el especialista asegura que dichos decretos se realizan en circunstancias excepcionales, “para proteger a los sindicatos o a mujeres embarazadas”.
El especialista indicó que, con la estabilidad absoluta adoptada por el Estado, el decreto que suprime la potestad de despedir trabajadores se suspendería el pasado diciembre, “sin embargo, fue el primer decreto hecho por el entonces interino presidente Nicolás Maduro”. En su opinión, las consecuencias de dicha inamovilidad laboral se ven reflejadas en el ausentismo.