Desde las 6:00 pm prohibición de expendio de licores y porte de armas

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Según lo publicado en Gaceta Oficial Nº 40.142 se ordenó la prohibición del expendio y distribución de bebidas alcohólicas entre los días 12 de abril desde las 6:00 pm hasta el 15 de abril a las 6:00 pm a propósito de las elecciones presidenciales.

El ministro de Interior y Justicia, Néstor Reverol, informó en rueda de prensa que “desde el viernes 12 de abril a las 6:00 de la tarde queda supendida la venta, expendio y distrubición de bebidas alcohólicas, hasta el lunes 15 de abril”.

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Los cuerpos policiales deben cerrar inmediatamente los establecimientos que incumplan estas medidas y notificar a las autoridades para la determinación de las respectivas responsabilidades.

Según la resolución, esta medida aplica a las licorerías, supermercados, abastos, restaurantes y sitios afines con permisología para el expendio de licor.

Del mismo modo estarán suspendidos los permisos de porte y tenencia de armas de fuego y blancas en todo el territorio, en el mismo horario citado, así como las reuniones y manifestaciones públicas, concentraciones de personas o actos similares que puedan afectar el normal desarrollo del proceso comicial.

El porte de armas también es contemplado en la resolución emanada por el Ministerio de Interior y Justicia y el Ministerio de la Defensa y la prohibición tendrá los mismos horarios que la venta de licor.

Al igual que en oportunidades anteriores, quedan exentos los miembros de la Fuerza Armada Nacional, los funcionarios policiales en servicio y miembros de organos de seguridad ciudadana, así como del Estado, cumpliendo funciones bajo la autorización del Comando Estratégico Operacional de FAN (Ceofan).

El documento también reseña la restricción de reuniones públicas, concentraciones de personas o cualquier otro acto similar que pueda afectar el acto electoral.

“Se prohibe en todo el territorio nacional las reuniones y manifestaciones públicas, desde el 12 de abril”, manifestó Reverol.

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