“El voto”. Es el mejor y mayor instrumento de la democracia, de la libertad y de la paz. En política se usa el voto para que los electores elijan a los miembros del gobierno u otros cargos públicos y representantes. Las elecciones no se celebran exclusivamente en sistemas políticos democráticos. Hay sistemas autoritarios que, conscientes de su incapacidad de forjar legitimidad, se sienten tentados a recurrir a las elecciones, las cuales tienen un carácter plebiscitario y se desarrollan sin garantías de limpieza democrática que soslayen las violaciones sistemáticas, y generalmente virulentas, de las reglas de juego inherentes a las democracias. La transición política desde sistemas autoritarios hacia una democracia, tarde o temprano, deberá seguir la vía de unas elecciones libres con sufragio universal.
La democracia, presupone la celebración de elecciones periódicas mediante el sufragio universal, libre, igual, directo y secreto y, “el incumplimiento de una sola de ellas nos remite a un sufragio no democrático, que puede ser restringido”.
Estos son algunos tips, extraídos de internet, que caracterizan al derecho y al deber de votar.
El sufragio universal existe cuando el conjunto de la ciudadanía dispone del derecho de voto, sin que puedan producirse exclusiones por cualquier condición o circunstancia de carácter discriminatorio.
El acceso a las urnas estaba vetado a amplios sectores de la sociedad, entre otros: trabajadores (discriminación por razón de clase social), mujeres (discriminación sexista) y no blancos (discriminación por raza).
El sufragio estaba restringido por razones de nivel de renta, propiedad o riqueza (voto censatario), por razones de nivel educativo o de cualquier otra condición similar. Podía ocurrir también que el derecho de sufragio dependiera del pago de una determinada tasa de impuestos. La educación o la cultura podían ser instrumentos discriminatorios en épocas o lugares en los cuales el analfabetismo estaba muy extendido. Otra limitación podía ser la exigencia de un período mínimo de residencia antes de poder estar inscrito en el censo electoral, que puede ser discriminatoria en un contexto de movilidad residencial de los trabajadores a la búsqueda de un empleo.
Tras la generalización del voto entre los hombres, continuó existiendo un sufragio restringido de carácter sexista. Entre las razones esgrimidas para impedir el voto de las mujeres encontramos argumentos como su pretendida menor capacidad intelectual, la supeditación de la mujer al hombre que ejercía de cabeza de familia (fuera el padre o el marido) o la acusación de apatía o ignorancia de las mujeres en las cuestiones políticas.
La primera vez que las mujeres pudieron ejercer su derecho al voto fue en 1866 en unas elecciones municipales en Suecia. La Constitución venezolana del 5 de julio de 1947, aprobada por una Asamblea Constituyente, “fue nuestra primera constitución con verdadero corte democrático” ya que, en ella, se estableció la elección libre directa y universal; lográndose el voto femenino, el de analfabetas y el de los mayores de 18 años. Entre los constituyentitas más destacados se encontraban Andrés Eloy Blanco, Rafael Caldera, Gustavo Machado y Lorenzo Fernández.
En un sistema constitucional de derechos y libertades, el pluralismo político, el acceso abierto al proceso electoral, los partidos en competición, la periodicidad de las elecciones y la posibilidad efectiva de decidir sobre la permanencia o sustitución del poder gubernamental son rasgos distintivos de unas elecciones donde el voto es libre.
La existencia de elecciones no indica la existencia de un sistema político democrático. Debe haber un Estado dotado de un sistema constitucional que establezca un marco jurídico donde se reconozcan y garanticen los derechos de la persona y las libertades públicas (de expresión, ideológica, de asociación, a la información de reunión, etc.).
La desigualdad en los recursos financieros y en el acceso a los medios de comunicación afecta negativamente a la igualdad de oportunidades y restringen el aspecto competitivo de las relaciones interpartidista.
El derecho al voto es intransferible. Debe asegurarse el secreto en el ejercicio del voto. Son históricas las luchas por el logro de ese derecho, tenemos el deber de defenderlo y esto se ejecuta votando razonadamente; apegados a la realidad y a las necesidades de nuestra Patria y de nuestros seres queridos. Por tanto, el 14 de abril… ¡Vota!
#Opinión: La Red de Instituciones Larenses… ¡en acción! Por: Maximiliano Pérez
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